Montaje con los rostros de los líderes independentistas del 1-O y presos del procés. | Agencias

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El Pleno del Tribunal Constitucional ha rechazado por unanimidad el primer recurso que ha abordado contra la sentencia del «procés», el de la exconsellera Meritxell Borràs, en una sentencia en la que avala la competencia del Tribunal Supremo para juzgar a los líderes independentistas catalanes por el 1-O.

El tribunal de garantías ha adelantado el fallo de la sentencia, cuyos argumentos se conocerán en los próximos días, que niega el amparo a la exconsellera catalana de Gobernación Meritxell Borràs, condenada a un año y ocho meses de inhabilitación y multa de 60.000 euros por un delito de desobediencia.

Se trata del primero de los once recursos de amparo que tiene previsto resolver el tribunal antes del próximo verano y que, en el caso de Borràs, aborda el derecho al juez predeterminado por la ley.

Tanto ella como el resto de los acusados, que querían ser juzgados por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), se han opuesto desde el primer momento a ser juzgados por el Tribunal Supremo al considerar que no era el órgano competente para investigar lo que ocurrió en Cataluña en el otoño de 2017.

Pero la resolución, cuyo ponente ha sido el magistrado Cándido Conde-Pumpido, avala la competencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para el enjuiciamiento de este procedimiento en atención a la condición de aforados de los encausados y a que parte de los hechos fueron cometidos en el extranjero.

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De esta forma el TC subraya que la competencia del Supremo tiene «una incuestionable base legal explícita para extenderse a los responsables por conexidad» de los delitos que fueron enjuiciados.

Se trata de un planteamiento especialmente relevante dado que será de aplicación directa para el resto de condenados, que han recurrido esta misma cuestión desde el inicio de la causa.

Y que también, a la espera de conocer el contenido, puede interpretarse en clave de respuesta a la Justicia belga, que recientemente avaló el rechazo a entregar a España al exconsejero catalán Lluís Puig, uno de los líderes independentistas que no fue juzgado por huir del país, al considerar que el juez del Supremo Pablo Llarena no era competente para dictar la euroorden contra él.

Eso sí, no todos los magistrados del tribunal de garantías han intervenido en la deliberación de esta sentencia después de que ayer Antonio Narváez, enmarcado en el sector conservador, decidiera apartarse voluntariamente del debate de todos los recursos relacionados con el procés y la sentencia del Supremo.

Narváez consideró que con esta decisión contribuye a fortalecer la idea de independencia e imparcialidad de la institución, toda vez que sobre él pesaban una docena de peticiones de recusación, a las cuales se había opuesto pero que al final le han abocado a abstenerse.