La renta activa de inserción (RAI) es un programa del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuyo objetivo es «incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de las personas trabajadoras desempleadas»

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La renta activa de inserción (RAI) es un programa del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) cuyo objetivo es «incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de las personas trabajadoras desempleadas», especialmente aquellas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad económica y que se encuentran buscando empleo de forma activa.

En este sentido, esta ayuda económica no contributiva se puede solicitar si continúa desempleado y no tiene derecho a una prestación contributiva (paro) o a un subsidio. Esta asignación se percibe durante un periodo máximo de 11 meses y la cuantía mensual asciende al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

El SEPE establece una serie de requisitos generales para acceder a esta ayuda económica y son los siguientes:

  • Encontrarse en situación de desempleo y estar inscrito como demandante. Para acceder a esta prestación no contributiva deberás mantener esta inscripción durante todo el periodo de tiempo que la percibas.
  • Tener una edad inferior a los 65 años.
  • Los ingresos mensuales propios no deben superar el 75% del salario mínimo interprofesional (SMI), aunque queda excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
  • Si tiene cónyuge, hijos o hijas menores de 26 años, mayores con algún tipo de discapacidad o menores en acogida, el requisito de vulnerabilidad económica se reconocerá cuando la suma de las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar, dividida por el número de miembros, no supere el 75% del SMI.
  • No haber percibido la RAI en los 365 naturales previos a la fecha de solicitud. No obstante hay ciertas excepciones: víctimas violencia de género o de violencia doméstica y personas con discapacidad.

Por otra parte, la RAI es incompatible con la obtención de otro tipo de rentas como aquellas que superen los límites establecidos, con el paro o subsidio por desempleo o de la renta agraria o con la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena a tiempo completo. Tampoco será compatible, según el SEPE, en los siguientes supuestos:

  • Si se perciben ayudas sociales que reconozcan a las víctimas de violencia de género que no puedan beneficiarse de programas de empleo.
  • Si se perciben pensiones o prestaciones de la Seguridad Social que no sean compatibles con el empleo o que superen los límites marcados para la RAI.