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Las personas cada vez están más concienciadas de la responsabilidad que tiene la tenencia de animales domésticos, que requieren cuidados y atenciones especiales por parte de los dueños.

Sin embargo, se siguen dando frecuentemente casos de abandono en España, sobre todo, de perros que acaban en abarrotados refugios de acogida o en protectoras de animales donde, en ocasiones, no tienen recursos suficientes para atender a todos ellos.

De este modo, hay que incidir en la importancia que tiene el hecho de adoptar o acoger a los animales que lo necesitan, pero también cerciorarse de que se les va a poder dar los cuidados y atenciones necesarios durante toda su vida.

El Código Penal recoge los delitos relacionados con los animales de compañía, donde vienen estipulados tanto el maltrato como el abandono animal. Este hace referencia a los animales domésticos, los que temporal o permanentemente viven bajo control humano o cualquier animal que no viva en estado salvaje.

Así, en el Artículo 337 se puede leer: «El que abandone a un animal de los mencionados en el apartado 1 del artículo anterior en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de uno a seis meses».

Además, el artículo añade: «El juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales».

Estas son las consecuencias penales que tiene el hecho de abandonar un animal doméstico. Sin embargo, también se establecen multas administrativas, las cuales están reguladas por cada comunidad autónoma.

Por ejemplo, en la Comunidad de Madrid se regula con la Ley 4/2016, de 22 de julio, donde el maltrato y el abandono animal están considerados delitos muy graves por lo que la multa puede ir desde los 300 euros hasta los 45.000 euros.

Por otro lado, en el Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba la Ley de protección de los animales en Cataluña, explica que las infracciones graves se multarán con cuantías de entre 401 euros hasta 2.000 euros, y las muy graves, con una multa de 2.001 euros hasta 20.000 euros. El maltrato está considerado grave si no se ha puesto en riesgo al animal o muy grave si se le puede causar con ello daños graves.