El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 30 de marzo de 2020 publicó un modelo de este certificado. | BOE

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Desde este martes, todos los trabajadores de servicios especiales que deban acudir al trabajo tendrán que hacerlo con un documento de declaración responsable que emite la empresa, según recoge el Real Decreto-ley 10/2020 El Boletín Oficial del Estado (BOE) del 30 de marzo de 2020 publicó un modelo de este certificado.

El salvoconducto recoge datos tanto del trabajador como de la empresa y certifica que se trata de un empleado que reúne las condiciones para no acogerse al permiso retribuido recuperable que anunció el pasado sábado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El documento sirve para facilitar los trayectos necesarios entre el hogar del trabajador y su puesto de trabajo, así como la labor que el Ejército y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado realizan para controlar los movimientos de la población.

¿Quiénes tienen que ir a trabajar?

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En el caso de los trabajadores autónomos, según informó el ministro de Transportes, José Luis Ábalos, bastará con que justifiquen con un documento que se dedican a alguna de las actividades consideradas esenciales.

Personal sanitario, empleados bancarios, repartidores o cajeros de supermercado son algunos de los colectivos que tienen que ir a trabajar tras la entrada en vigor de las restricciones a la actividad no esencial aprobadas por el Gobierno. En rueda de prensa, Ábalos, una de las autoridades delegadas durante el estado de alarma, insistió en la necesidad de tomar esta medida para reducir aún más la movilidad de los ciudadanos con el fin de contribuir a contener la expansión del coronavirus.

Cabe recordar que el Gobierno permitió ir este lunes 30 de marzo a trabajar a empleados que, aunque estén incluidos en los supuestos del permiso retribuido, tuvieran que realizar tareas necesarias para la interrupción adecuada de la actividad, lo que puede afectar sobre todo algunas industria y la construcción.