Imagen tomada de la señal institucional del Tribunal Supremo de los jueces (de izda. a dcha) Andrés Palomo, Luciano Varela, Andrés Martínez Arrieta, el presidente del tribunal Manuel Marchena, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral, y Ana Ferrer, durante la tercera jornada del juicio del "procés" en la Sala de Plenos del Tribunal Supremo.

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El tribunal ha reconocido el derecho de los doce acusados en el juicio del procés a responder a los interrogatorios en catalán «por razones emocionales», si bien ha rechazado la traducción simultánea dado que esto «implicaría una inadmisible restricción del principio de publicidad».

«Cualquiera que quiera responder en su lengua materna podrá hacerlo», ha dicho el presidente del tribunal, Manuel Marchena, en la tercera jornada del juicio que celebra el Supremo, en la que ha rechazado que se habilite un sistema de traducción simultánea -una de las principales demandas de las defensas- para garantizar que todos los que vean el juicio puedan entender a los acusados.

La Sala «reconoce las razones de carácter emocional» que llevan a los doce líderes independentistas acusados a querer declarar en catalán, si bien a su juicio, la traducción simultánea «supondría que todos los que están en esta sala o fuera y no disponen de auriculares no podrían entender las respuestas de los procesados».

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Ahora bien, lo que «quiere dejar bien claro la Sala -ha proseguido el juez- «es que esta decisión no está vinculada a una hipotética indefensión».

«La razón es que llevamos un año y cuatro meses de causa especial en castellano y no se ha hecho la más mínima alusión a la reivindicación de responder en lengua catalana, no se ha hecho cuando ha estado en juego ni más ni menos la aplicación de medidas cautelares» como la prisión provisional, situación en la que se encuentran nueve acusados.

De esta forma, ha dicho Marchena, la Sala ha debido hacer un «ejercicio de balanceo y ponderación» y ha optado por garantizar el «incondicional» principio de publicidad en el juicio.

Tampoco ha permitido a las defensas formular preguntas en catalán por estar en «manifiesta contradicción» con el artículo de la ley que regula el idioma en que debe desarrollarse los actos procesales fuera del territorio de una comunidad autónoma, en este caso Cataluña.