La última palabra respecto a las normas de circulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) mediante sus ordenanzas municipales son los ayuntamientos. | Efe

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Este jueves la DGT ha anunciado que prohibirá que los patinetes eléctricos circulen por la acera y limitará su velocidad, pero ¿cuál es la regulación que existe hasta el momento?

A día de hoy no existe una normativa clara respecto a este tipo de transporte, por este motivo se crean conflictos a la hora de conducir dichos vehículos. No existe una legislación a nivel estatal que establezca unas normas de circulación.

Tal y como informa todopatinetes.com «los usuarios de patinetes eléctricos, segways o scooters eléctricos no pueden ser considerados como viandantes ni catalogarlos como vehículos a motor, por lo cual deberían circular por la calzada siempre que se trate de vías expresamente autorizadas para ello».

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Pero quien tiene la última palabra respecto a las normas de circulación de Vehículos de Movilidad Personal (VMP) mediante sus ordenanzas municipales son los ayuntamientos.

La ordenanza publicada por el BOIB en el mes de agosto de este 2018 determina que la Policía de Palma ya puede sancionar a quienes circulen con patinete eléctrico, segway, plataformas y otros vehículos de similares características por aceras o calzadas. Quienes no respeten las limitaciones de uso, podrán pagar multas de entre 60 y 300 euros.

No se permite sobrepasar la velocidad máxima establecida, circular por zonas no autorizadas o no respetar la prioridad de los peatones. Son infracciones muy graves circular de forma temeraria y cuando la conducción pueda suponer un peligro o un riesgo. Se puede consultar aquí la normativa completa.