El exdiputado de CiU e hijo del expresident Pujol, en una imagen de archivo. | Efe

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El exdiputado de CiU en el Parlament Oriol Pujol será juzgado por un tribunal popular por el conocido como caso ITV después de que la Audiencia de Barcelona no acepte el pacto que había suscrito con la Fiscalía en el que aceptaba dos años y medio de cárcel por tráfico de influencias, soborno y falsedad documental.

La magistrada de la Audiencia de Barcelona que enjuiciará el caso de las ITV ha rechazado el acuerdo de conformidad que firmó Oriol Pujol, su esposa Anna Vidal y otros dos acusados con el fiscal al no haberlo suscrito todos los encausados, ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC).

En el pacto, Pujol aceptaba una pena de cárcel por el cobro de comisiones y usar su influencia política para beneficiar a determinados empresarios del sector de las ITV y evitaba que su mujer fuera condenada a penas de cárcel.

En una audiencia preliminar el 14 de julio de 2017 en el Juzgado de Instrucción 9 de Barcelona, que instruyó el caso, los cuatro acusados mostraron su conformidad con las conclusiones provisionales de la Fiscalía.

Según explicaron fuentes judiciales ese día, el pacto preveía que Anna Vidal aceptara pagar una multa de 47.250 euros como condena, evitando la prisión y, Pujol, tres condenas que sumaban 30 meses por los delitos de tráfico de influencias, soborno y falsedad documental, y también aceptaban penas de multa Sergi Pastor y Ricard Puignou.

El 28 de septiembre, la Fiscalía, en su escrito de personación ante la Audiencia, solicitó que la magistrada presidente del Tribunal del Jurado fijara fecha para la celebración de una comparecencia en la que los acusados ratificaran este pacto, y se dictara sentencia, continuándose el proceso para los dos acusados que no lo habían suscrito: Josep Tous y Sergi Alsina.

Sin embargo, el letrado de Tous planteó como cuestión previa -y Alsina se adhirió- que este pacto vulneraba el derecho fundamental de defensa porque las conformidades de cuatro acusados podían presumir su culpabilidad al estar dos acusados de estar en connivencia.

La Fiscalía se opuso a esta petición alegando que sería «contrario a la lógica y al principio de economía procesal» demorar la sentencia si hay conformidades, y negando que supusiera conculcación del derecho de defensa.

Sin embargo, la magistrada ha admitido la petición de Tous porque si se aceptaran las conformidades planteadas por Pujol, su esposa, Ricard Puignou y Sergi Pastor, y se dictaran sentencias separadas -una para los conformados sin celebración de juicio y otra para los no conformados tras su celebración- «dividiría aquella continencia y podría causar indefensión a los no conformados».

Hace hincapié en que esto se producía especialmente porque el conjunto de la imputación del escrito de acusación del Ministerio Fiscal «considera que existió un entramado de acuerdos entre todos los acusados con la misma finalidad delictiva».

Sobre otra cuestión previa planteada por la defensa de Tous y a la que se adhirió Sergi Alsina, pide impugnar las escuchas telefónicas por considerar que hay vulneración de los derechos de defensa y a un proceso con todas las garantías en relación al secreto de las comunicaciones.

La magistrada desestima esta petición y afirma que no existe motivo de nulidad de los autos dictados en la causa relativos a las intervenciones, grabaciones y escuchas telefónicas y sus prórrogas.