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El Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha rechazado este miércoles por siete votos a tres la demanda de paternidad interpuesta contra el Rey Juan Carlos por la ciudadana belga Ingrid Sartieu.

La Sala ha estimado el recurso del Rey Juan Carlos contra el auto de admisión a trámite que el tribunal había dictado el 14 de enero y ha rechazado el presentado por Sartieu, que consideró que no se le dio respuesta a la petición de prueba de ADN que solicitaba.

De esta forma, el tribunal deja sin efecto el auto de admisión a trámite de la demanda con lo que se cierra el caso, una decisión apoyada por siete magistrados y a la que se han opuesto tres, que estudian emitir votos particulares discrepantes.

Se han anunciado votos particulares, entre ellos el del ponente, José Ramón Ferrándiz Gabriel, por lo que el presidente de la Sala ha encomendado la redacción del auto, que se notificará en los próximos días, al siguiente magistrado por orden de antigüedad, José Antonio Seijas Quintana.

De esta forma, la Sala atiende el criterio de la Fiscalía, que se opuso a la admisión de la demanda de paternidad porque estima que no aporta pruebas sobre unos supuestos hechos que se remontan a hace cuarenta años.

También informó en contra de la prueba anticipada solicitada por la demandante, como la petición de un análisis de ADN, al considerar que «no es el momento procesal oportuno» para pedirla.

El pasado 14 de enero los doce magistrados de la Sala de lo Civil del Supremo estimaron la admisión a trámite de la demanda de paternidad interpuesta por Ingrid Sartiau.

Ese día la Sala rechazó la demanda de paternidad que el ciudadano español Albert Solá también presentó contra el Rey Juan Carlos porque no aportaba una prueba de ADN, ocultaba datos voluntariamente y contenía alegaciones que carecen de soporte documental seguro.

En el auto que dictó entonces el Supremo admitió a trámite inicialmente la demanda de Sartiau, aunque ya consideraba «insuficientes» los medios de prueba presentados por esta ciudadana belga para terminar aceptándola.

La Sala ha tomado este miércoles la decisión de no tramitar la causa tras estudiar los recursos del Rey Juan Carlos, de Sartiau y el informe respecto a los mismos de la Fiscalía.

El fiscal reitera en este informe los argumentos que expuso en su día de que la demanda «no aporta pruebas sobre hechos de hace cuarenta años».

Los magistrados explicaron entonces en su auto que Sartiau presentó como prueba de su demanda un acta notarial que refleja las declaraciones de su madre «sobre algunas circunstancias de lugar y tiempo de la afirmada relación sexual esporádica que produjo la concepción».

Además, «la afirmación de algunos contactos con personas de las que se dice son parientes» del Rey Juan Carlos y pruebas de ADN entre ella y Solá.

«No hay duda de que tales medios de prueba serían hoy insuficientes para la estimación de la demanda», explicaba el Supremo en enero, pero la admitió a trámite basándose en su propia doctrina para contribuir a «conferir al sustento fáctico de la petición credibilidad y verosimilitud aunque luego no prospere» la misma.