La Audiencia Provincial de Madrid dice que Aguirre pudo cometer desobediencia. | Efe

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Cinco meses después del incidente de tráfico protagonizado por la presidenta del PP de Madrid, Esperanza Aguirre, la Audiencia Provincial ha ordenado que el caso se instruya como un delito de desobediencia a los agentes y no como una falta, como defendía un juzgado de Plaza de Castilla y la Fiscalía Superior de Madrid.

En contra de estas valoraciones previas, los magistrados de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial dictaminan en un auto que los hechos «sí revisten provisionalmente caracteres de delito de desobediencia del artículo 556 del Código Penal».

Y añade: los hechos vendrían a suponer una desobediencia tenaz, contumaz y rebelde, decidida y determinante, representada por múltiples actos concretos de desobediencia» a los agentes de Movilidad y de la Policía Municipal.

Los jueces recuerdan que en la denuncia interpuesta por los agentes de movilidad ante la Policía se asegura que el 3 de abril, en la confluencia de las calles de Gran Vía y la plaza de Callao, Aguirre, que había estacionado mal su vehículo, les dijo: «¿Qué pasa? ¿Bronquita y denuncia? Venís por mí porque soy famosa. Tienes la placa. Denuncia al vehículo». A continuación se marchó del lugar sin aportar toda la documentación.