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El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha garantizado hoy que el Gobierno modificará la legislación española sobre desahucios e hipotecas para adaptarla a la ley europea, tras la sentencia del Tribunal Justicia de la UE sobre este asunto.

En declaraciones a los medios en los pasillos del Congreso, Gallardón ha precisado que no conoce los términos exactos de la sentencia, que ha declarado que las medidas que regulan en España los procesos de desahucio por el impago de una hipoteca son contrarios a la legislación europea de protección de los consumidores, pero ha dicho que «naturalmente» que se incorporará a la legislación española.

«Nosotros asumimos el compromiso de que todos los aspectos que haya declarado contrarios a la legislación europea serán corregidos», ha afirmado Ruiz-Gallardón, quien ha asegurado que el ministerio lo estudiará «en profundidad».

La incorporación de la doctrina europea puede hacerse a través de enmiendas a la proposición de ley de regulación de la dación en pago, de paralización de los desahucios y de alquiler social, ha recordado el ministro.

Precisamente el plazo de presentación de enmiendas a este proyecto, fruto de una iniciativa legislativa popular que se tramita por el procedimiento de urgencia, se amplió hasta mañana a la espera de conocer la sentencia de este tribunal.

Fuentes parlamentarias no descartan que el plazo vuelva a ampliarse para que haya tiempo de incluir los cambios que sean necesarios para su adaptación a la normativa europea.

En este sentido, Ruiz-Gallardón ha señalado que en la tramitación de este proyecto se podrán incluir «aquellas modificaciones que sean consecuencia necesaria de la sentencia del tribunal europeo».

No ha querido pronunciarse sobre si la sentencia tendrá algún efecto en la práctica y con carácter inmediato en las resoluciones judiciales sobre desahucios, a la espera de conocer sus términos exactos, aunque sí ha insistido en dejar claro que la legislación se modificará para incorporar los criterios que haya establecido.

Según el Tribunal Justicia de la UE, «la normativa española, que impide al juez que es competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado por otra vía, es contraria al Derecho de la Unión».

La institución comunitaria, con sede en Luxemburgo, considera que el régimen procesal español menoscaba la efectividad de la protección de los consumidores que pretende garantizar la directiva europea sobre cláusulas abusivas en los contratos.