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La Audiencia Nacional ha rechazado las medidas cautelares solicitadas por el PSOE contra la orden ministerial que desarrolla el plan extraordinario de amnistía fiscal por no estar legitimado para pedir su suspensión, según el auto al que tuvo acceso Europa Press.

En un auto hecho público hoy, la Audiencia considera improcedente la suspensión de la citada orden, solicitada como medida cautelar por el Partido Socialista, estimando las alegaciones realizadas por la Abogacía del Estado que, entre otros argumentos, esgrimió que el PSOE no tiene ninguna relación específica con la amnistía fiscal y, por tanto, no puede deducirse que su anulación le vaya a suponer un beneficio o la evitación de un perjuicio.

Por tanto, no se paraliza la acción del Gobierno y los ciudadanos que así lo deseen pueden seguir acudiendo al proceso de regularización abierto hasta el 30 de noviembre. En los primeros cuatro meses de su entrada en vigor, la Hacienda Pública ha ingresado 52 millones de euros, frente a los 2.500 millones que se estimaron inicialmente para todo el periodo de regularización.

HACIENDA DICE QUE SE AJUSTA A DERECHO

Fuentes del Ministerio de Hacienda consultadas por Europa Press destacan cómo la Audiencia Nacional ha confirmado que la citada regularización se ajusta a derecho, conforme lo ha avalado el Consejo de Estado.

Las mismas fuentes reprochan, precisamente, la «irresponsabilidad» del PSOE al tratar de frenar una acción del Gobierno, avalada por el Consejo de Estado. Critican, además, que «quien ha promovido una verdadera amnistía fiscal en los años 90 se haya atrevido a paralizar el actual proceso extraordinario de regularización, a sabiendas de que tampoco estaba legitimado para ello».

Por su parte, el PSOE ya ha anunciado que recurrirá el auto, dado que la Audiencia Nacional no entra en el fondo del recurso de los socialistas, sino que se limita a rechazarlo por considerar que los partidos políticos no tienen la posibilidad de pedir la suspensión cautelar de una norma por este cauce.

La Sala de la Audiencia Nacional argumenta que el ordenamiento jurídico pone a disposición de los partidos políticos diferentes cauces para defender sus posiciones ideológicas frente a la actuación, legal o ilegal, de los poderes públicos, no siendo la jurisdicción contenciosa la vía adecuada. De lo contrario, según el tribunal, se convertiría la jurisdicción contencioso-administrativa en un foro de discusión política.

«Los partidos políticos constituyen instrumentos de participación política de los ciudadanos en un Estado democrático (...). Esta naturaleza no es suficiente para conferirles legitimación para la impugnación de cualquier acto administrativo que pueda tener efectos políticos si no se aprecia una conexión específica con su actuación o funcionamiento», subraya el auto.

PENDIENTE DEL RECURSO AL CONSTITUCIONAL

Como alternativa al recurso planteado en la Audiencia Nacional, los magistrados señalan dos vías a seguir: la vía legislativa, a través de la sede parlamentaria, o la interposición de un recurso de incostitucionalidad ante el Tribunal Constitucional (TC), recurso que también ha planteado el PSOE en el caso del real decreto que aprueba la amnistía fiscal.

En este sentido, la sala de la Audiencia Nacional indica que no tendría sentido que en sede contencioso-administrativa se enjuiciase la legalidad de la orden ministerial que desarrolla la amnistía fiscal cuando se encuentra pendiente de recurso de inconstitucionalidad el real decreto-ley que aprobó dicha amnistía.

«Y sería contrario a toda lógica jurídica que pudiéramos acordar en la jurisdicción contencioso-administrativa la suspensión de la orden impugnada, paralizando así de facto el propio real decreto-ley», añade la Audiencia.