Imagen de la entrada principal del Hospital Blanca Paloma, de Huelva. | Efe

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La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha obligado al hospital Blanca Paloma de Huelva, concertado, a retirar una sonda nasogástrica a una paciente del centro en aplicación de la Ley de Muerte de Digna, según indicaron fuentes del departamento.

Esta ley, vigente en la comunidad autónoma andaluza desde marzo 2010 y pionera en España, regula los derechos del paciente durante la última etapa de su vida y las obligaciones de los médicos que les traten, regulando expresamente la limitación del esfuerzo terapéutico, es decir, que se retire o no se inicie un tratamiento en pacientes sin posibilidad de recuperación, y prohíbe prolongar de manera «inútil» la vida, algo conocido como «ensañamiento terapéutico».

Irreversible

Este último es el caso de Ramona Estévez, la paciente sobre quien la Junta ha obligado al centro hospitalario a aplicar la ley y que se encuentra desde el pasado 26 de julio ingresada por un infarto cerebral al parecer irreversible.

Fue el hijo de la paciente quien solicitó al centro la retirada de la sonda al entender que con ella «la habían convertido en una máquina». Esta situación vulneraba la voluntad que la paciente había transmitido para los últimos días de su vida, por lo que su hijo decidió, con ayuda de la Asociación Derecho a Morir Dignamente, interponer una queja ante la Consejería de Salud y el propio centro hospitalario, queja a la que la Junta respondió obligando al centro a retirarle la sonda.

Estévez ingresó el 26 de julio en el hospital público Juan Ramón Jiménez de Huelva, donde los médicos declinaron sondarla para «no martirizarla» porque «no sentía nada», si bien fue al ser trasladada al Blanca Paloma cuando los médicos optaron por la sonda como medida necesaria para alimentarla indicando a la familia que lo contrario estaba castigado por el Código Penal, por lo que esta accedió.