Pesca

Baleares protege la musola, la serviola y el caproig con nuevas tallas mínimas y controles pesqueros

La normativa refuerza la sostenibilidad en la pesca del archipiélago con medidas pioneras y sanciones más estrictas para preservar la biodiversidad marina

Un pescador con un caproig gigante | Foto: Redacción Digital

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La Conselleria de Agricultura, Pesca y Medio Natural del Govern balear ha aprobado una nueva orden que establece importantes cambios en la normativa pesquera para proteger varias especies clave en las aguas de las Islas. Entre las medidas más destacadas figura la fijación, por primera vez en Europa, de una talla mínima de 95 centímetros para la pesca de la musola, una especie de tiburón costero vulnerable.

El conseller Joan Simonet ha señalado que esta iniciativa responde a una demanda del propio sector pesquero y subraya el compromiso de la administración con la sostenibilidad. «Una vez más, la Conselleria ha atendido una petición del sector y mantiene el compromiso de seguir trabajando de forma conjunta para conservar los recursos pesqueros de Baleares», afirmó.

Además, se elimina la veda que afectaba desde 2020 a la pesca de la serviola o verderol, permitiendo su captura durante todo el año, aunque se establece una talla mínima de 35 centímetros para garantizar su madurez reproductiva. Por su parte, el cabracho o caproig también ve incrementada su talla mínima de captura, que pasa de 25 a 30 centímetros.

Como medida de control, los pescadores están obligados a cortar el lóbulo inferior de la cola de estas dos especies (serviola y caproig), dejando el lóbulo superior intacto para que los inspectores puedan comprobar su tamaño durante las inspecciones.

MALLORCA. PESCA. El Govern limita por primera vez la talla en la pesca de la musola para garantizar su conservación. La pesca d
El objetivo es favorecer la conservación de las especies. Foto: C.A.

La orden también contempla un seguimiento científico de las capturas, especialmente de las musolas capturadas accidentalmente por debajo de la talla mínima, con el fin de estudiar su tasa de supervivencia y evaluar el impacto de la normativa en la conservación de la especie.

Estas medidas han sido publicadas en el BOIB y afectan tanto a la pesca profesional como a la recreativa dentro del ámbito territorial y las aguas interiores de las Balears. El incumplimiento de estas normas podrá ser sancionado con multas que oscilan entre los 150 y los 60.000 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción, tal como prevé la Ley 6/2013 de pesca marítima, marisqueo y acuicultura.