Condenado un restaurante a indemnizar a una mujer que se cayó en la cena de Navidad de su empresa

El establecimiento deberá compensar a la clienta con 50.000 euros porque había líquido en el suelo

La sentencia de la Audiencia Provincial revoca un fallo anterior que daba la razón al restaurante. Dos testigos avalaron que la mujer resbaló por el mal estado del piso | Foto: Alejandro Sepúlveda

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La Audiencia Provincial condena a un restaurante y a su compañía de seguros a indemnizar con cerca de 50.000 euros a una mujer por una grave caída que sufrió durante la cena de Navidad de su empresa, que se celebraba en el local. La afectada resbaló pasada la medianoche, cuando la cena ya había pasado a ser un baile con orquesta. En el suelo había algún tipo de líquido y eso provocó la caída, que dejó graves secuelas a la mujer. El suceso ocurrió el cinco de diciembre de 2019 y, como consecuencia del mismo, la afectada ha tenido que emplear una bota ortopédica para poder caminar. De esta manera, la sentencia de la Audiencia la indemniza tanto por los daños físicos como por el perjuicio moral causado para ella y sus familiares por la pérdida de calidad de vida que implican las secuelas que le acarrearon las lesiones provocadas por golpe.

La sentencia de la Audiencia acepta un recurso de la afectada y anula el fallo previo de un juzgado de Primera Instancia. Entre ambas resoluciones el cambio está en la valoración de los testigos que respaldaron la versión de la afectada. La primera sentencia puso en duda su versión dado que había pasado un año y tres meses entre el suceso y las declaraciones, que era un momento en el que el local estaba oscuro y había música y fiesta, por lo que los recuerdos visuales podían ser erróneos y además consideraba esa declaración como «vaga e imprecisa», por lo que absolvía al restaurante.

Sin embargo, la Audiencia considera que sí debe tenerse en cuenta la versión de ambos testigos. «Sus manifestaciones no nos generan las dudas que suscitan a la juzgadora de instancia. El tiempo no resulta tan extenso para pensar que han podido cometer un error, sobre todo si se considera que la caída generó un evento singular en la cena anual de empresa, por tanto, más fácil de recordar». Los dos compañeros de la afectada respaldaron su versión: que el suelo estaba manchado por algún líquido y que no había ningún empleado del restaurante controlando esa situación, que la mujer que se cayó no consume alcohol y que no había una señalización que advirtiera de ese peligro».

La Audiencia añade que no hay pruebas de cuál fue la reacción del restaurante, dado que es «razonable pensar» que en una cena con baile incluido el suelo pueda mancharse en algún momento con líquidos. «No se acredita que la empresa hubiera tenido la diligencia de ir limpiando el suelo para evitar, precisamente, riesgos de caída en un evento con numerosas personas».

Un suelo antideslizante que no funcionó

La sentencia considera insuficiente que el suelo de la sala fuera antideslizante: «El resbalón no puede relacionarse con otra cosa sino con que el suelo no tenía esa característica el día de los hechos, lo cual es razonable atendiendo al gran número de personas que había en el local, por el ir y venir de personas había de caer algún líquido».