El juez descarta acoso laboral de Manuela Cañadas a una asesora de Vox

El magistrado concluye que no existió «delito alguno» y rechaza la querella por inconcreta

Manuela Cañadas compareció el pasado mes de febrero en el juzgado de Instrucción para declarar como querellada acompañada de su abogado, Toni Vidal | Foto: T. AYUGA

TW
5

«Los hechos objeto de este procedimiento no son constitutivos de delito alguno». El titular del juzgado de Instrucción 8 de Palma archiva la querella por acoso laboral presentada contra la portavoz parlamentaria de Vox, Manuela Cañadas por una antigua asesora del grupo parlamentaria. El auto aprecia contradicciones en el relato de la querellante a la que reprocha además que no concrete hechos en su denuncia y concluye: «No existe acoso laboral, los hechos relatados no tienen un periodo temporal fiable y aún cuando alguno de ellos fuera cierto no son, objetivamente, graves ni humillantes aunque en la percepción de la querellante sean hostiles».

La asesora de Vox se incorporó al grupo parlamentario el 20 de julio de 2023, cuando era portavoz la ahora diputada díscola del partido Idoia Ribas. En abril de 2024, tras un conflicto interno en la formación el cargo fue asumido por Manuela Cañadas. La asesora cesó poco después, el 12 de junio de 2024. En su querella relataba que desde el inicio de la relación laboral, Cañadas «se dedicó a ridiculizar y a hacer correr rumores» sobre esta trabajadora, «haciéndole la vida imposible», ridiculizándola por su físico y relegándola en el trabajo. La querella estaba acompañada de una serie de capturas de mensajes de whatsApp con compañeros del partido.

Sin embargo, para el magistrado estos pantallazos prueban poca cosa. Sobre uno de ellos considera que solo muestran «una gran preocupación por mantener su puesto de trabajo» y añade que la trabajadora mostraba: «Un estado emocional patentemente desanimado o depresivo y, en opinión de quien resuelve, manifiestamente desproporcionado a los hechos que se desprenden de los mensajes». Sobre otro grupo de comunicaciones, el juez señala: «Ponen de manifiesto la animadversión profunda que ambas comunicantes profesaban a la señora Cañadas».

A estos datos, el auto suma la existencia de una contradicción entre la querella y la declaración que hizo en el juzgado. En el escrito describía que sufrió el acoso de Cañadas desde el inicio de su relación laboral en 2023. Sin embargo, en la declaración dijo que en los primeros meses Cañadas tenía plena confianza hacia ella y que ella la había ayudado mucho en su labor parlamentaria. «O mentía en su querella o miente en su declaración», concluye el magistrado.

Otro punto al que se refiere el auto es a la coherencia de la explicación que dio Cañadas en su declaración que el juez resume en: «La querellante había tomado partido por un sector de Vox que, al parecer, no era el de la querellada que este procedimiento se debe, según esta parte a las luchas internas partidistas en las que la querellante había sido utilizada espuriamente». Cañadas culpó de la denuncia a Idoia Ribas en su declaración. Así, el juez descarta de plano la existencia de delito sin más diligencias y acuerda el sobreseimiento libre de la causa, una decisión que puede ser atacada ante la Audiencia Provincial en apelación.

La querellante había pedido la declaración de Ribas

El auto de archivo descarta que sea necesario practicar más pruebas. Entre otras, la querellante había planteado la declaración como testigo de la antigua portavoz de Vox en el Parlament, Idoia Ribas, a la que Cañadas había acusado en su declaración de urdir la denuncia en su contra. El auto descarta que se produjeran actuaciones graves y humillantes hacia la antigua asesora.