TRIBUNALES

Condenado un banco a indemnizar a la víctima de una estafa digital

Los ciberdelincuentes suplantaron a la entidad y lograron datos personales

Los delincuentes emplearon SMS que copiaban a los de la entidad bancaria y, por teléfono, facilitaron al cliente datos personales que solo debería conocer la empresa, con lo que lograron vencer sus sospechas. | ARCHIVO

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Un banco tendrá que devolver a un cliente el dinero que le fue estafado en un ataque informático que suplantó a la entidad y que empleó teléfonos corporativos para el engaño. Una sentencia de la Audiencia condena a la financiera y recuerda que se trata de una responsabilidad automática salvo que haya existido una «culpa grave» por parte del cliente.

El afectado se encontró por sorpresa un cargo de 3.300 euros en una de sus tarjetas de crédito al comprobar su saldo. Casi de forma instantánea recibió un mensaje en su teléfono móvil que parecía provenir del banco: «Se ha detectado una actividad inusual en su cuenta...» Al abrir el enlace recibió una llamada de una persona que se identificó como empleado del banco y que empleaba un número que la entidad admitió que era suyo. Primero, el afectado sospechó y se negó a darle al suplantador los datos que le solicitaba: las claves de banca electrónica.

Sin embargo, el estafador logró vencer la resistencia del afectado. Se ganó su confianza al darle los números completos de sus dos tarjetas de crédito, su fecha de caducidad y el número CVV. El suplantador cerró entonces la trama: ofreció anular la transferencia inicial que había provocado las sospechas del cliente y toda la tarjeta de crédito. Para ello, el cliente recibió otro mensaje desde el mismo teléfono que él pensaba que pertenecía al banco. Así volaron 3.300 euros. Le entraron otros cinco mensajes más que hubieran resultado en diez mil euros más y que ya provocaron definitivamente que el cliente sospechara y se pusiera en contacto con su sucursal bancaria.

La entidad rechazaba compensar al cliente. Argumentaba que existió algún descuido por su parte que hizo que los ciberdelincuentes consiguieran su teléfono, los números de la tarjeta y otros datos personales. También que se confundió al ordenar un abono cuando en realidad se le había hablado de un reembolso. Sin embargo, tanto un juzgado de Primera Instancia como la Audiencia Provincial coinciden en que existe una responsabilidad por parte de la entidad. Valoran que no existió una conducta «gravemente negligente». «Para una persona no experta, no es fácil detectar que el mensaje recibido es fraudulento o que la web a la que ha accedido a través del enlace facilitado es falsa».