La Audiencia Nacional acusa al GOB de actuar como una «inquisición general» ante obras en el aeropuerto

La Sala de lo Contencioso inadmite un recurso de los ecologistas contra AENA

El GOB pretendía paralizar una serie de obras en Son Sant Joan | Foto: Ruiz Collado | PALMA

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La Audiencia Nacional despacha en términos especialmente duros la pretensión del GOB de paralizar las obras de ampliación de Son Sant Joan que AENA ha llevado a cabo en los últimos años. El Juzgado Central de lo Contencioso negaba legitimidad a la organización ecologista para actuar de esta manera: «No es de recibo pretender legitimarse para actuar procesalmente sin haber impugnado ni un solo acto administrativo» y añade que la organización «ha preconstituido artificiosamente una coartada para llegar hasta los tribunales».

La entidad remitió en 2020 un escrito a AENA y a Enaire con la petición de anular o suspender la contratación de las obras de regeneración de la pista y la construcción de nuevas calles de salida rápida de la pista. Valoraban que no existía una declaración de impacto ambiental que las amparase. El organismo público ni siquiera respondió la petición y el GOB presentó un recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional. Primero el juzgado central y ahora la Sala de lo Contencioso inadmiten la tramitación del recurso y le imponía las costas. El motivo es la vaguedad de las alegaciones de los ecologistas y que no presentaran ningún recurso que concretara qué decisión administrativa específica consideraban ilegal.

De esta manera, el juzgado les acusaba de haber empleado un «ardid» para «poner en cuestión y atacar de forma genérica, a modo de inquisición general, actos del procedimiento de contratación». Reprochaba que «pese a ser susceptibles de recurso» no se actuó contra las resoluciones que autorizaban el proyecto, incluida la declaración de impacto ambiental.

El GOB recurrió ese auto para estrellarse de nuevo en la Sala de lo Contencioso Administrativo. Esta resolución comparte que «nada justifica la genérica y globalizada petición a Enaire de suspensión de procedimientos de quien no ha sido parte en los mismos, en todo caso fuera de los plazos adecuados». El tribunal recuerda que, en cualquier caso se tratan de proyecto estratégicos de AENA y que el organismo público podía tramitarlos como lo hizo . «Cuenta entre sus funciones con el diseño y elaboración de proyectos, por lo que su ejercicio no puede ser controlado mediante una genérica petición de paralización de obras aeroportuarias, sin haber impugnado proyectos o procedimientos de contratación puntuales», señala el auto en torno a la supuesta fragmentación de proyectos de ampliación del aeropuerto.