Los inspectores del Govern encontraron en dos muestras de chuletas de Sajonia presencia de un antioxidante y de glutamato monosódico, algo que entendían un fraude alimentario.

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La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, Nuria Ramos, ha tenido encima de la mesa una cuestión peliaguda: decidir si las chuletas y el lomo de sajonia son un preparado de carne o un producto cárnico. De esa decisión, es decir, si son carne o un elaborado de la misma como un embutido, dependía resolver un recurso que movilizó a la patronal de la industria cárnica española por una multa del Govern. Que fuera una cosa o la otra depende de los aditivos que se le incluyan. La respuesta: es una especie de embutido y, por tanto, la jueza anuló una sanción impuesta por la Conselleria d’Agricultura por un posible fraude alimentario.

El asunto arranca cuando en un control se encontraron dos aditivos en los productos chuleta de cerdo de Sajonia y lomo de cerdo de Sajonia elaborados por la empresa Embutidos del Centro S.A., con sede en Toledo pero que también distribuye en Baleares. En ambos había un antioxidante (E-316) y glutamato sódico, un potenciador de sabor (E-621). Ninguno de ellos puede aparecer en un preparado de carne fresca. Ese fue el criterio que mantuvo la administración en el expediente sancionador que abrió y que dio lugar a una multa de 828,24 euros.

La sanción fue recurrida por la propia empresa. Sin embargo, en paralelo también recurrió la Asociación Nacional de Industrias de la Carne, ante el precedente que suponía la multa. El Govern intentó que se inadmitiera este recurso por falta de legitimidad. Sin embargo, la magistrada señala que la multa provocaba una «inseguridad jurídica cierta a las industrias cárnicas sobre la distinción entre preparados de carne y los productos cárnicos».

La magistrada concluye, en base a lo declarado por un perito veterinario, que se trata de elaborados: «La razón es simple, aquellos han sido sometidos a un proceso de transformación en virtud de la cual han dejado de poseer las características de la carne fresca». En el juicio no declaró el técnico de la Comunitat que había intervenido en el expediente. «Esta juzgadora, a la vista de las explicaciones y las fotografías observadas en el informe, incluso las fotografías de las carnes objeto de inspección, llega a la conclusión de que dicho productos no son carne fresca». La consecuencia es que se anula multa.

El apunte

En juego el uso de aditivos en este tipo de producto

La Asociación Nacional de Industrias de la Carne se personó en el procedimiento judicial para defender el uso de aditivos en este tipo de embutido, una chuleta en salmuera y que se ha cocinado previamente. Aunque la sentencia puede ser recurrida por la Administración, la resolución judicial deja muy claro que no es un producto equiparable con la carne fresca sino que pasa por un procedimiento previo que le convierte en algo similar a un jamón cocido en cuya elaboración sí se admiten conservantes.