Un juzgado de Inca y la Audiencia, en la imagen, desestimaron la demanda. | Alejandro Sepúlveda

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Los tribunales han rechazado la demanda de filiación impulsada por una mujer de un pueblo del Raiguer a la que su madre reveló en el lecho de muerte la identidad de su padre. Ni un juzgado de Primera Instancia de Inca ni la Audiencia Provincial entienden que existan suficientes pruebas que avalen esa confesión. Los restos mortales del supuesto padre no pudieron ser localizados y, por tanto, no se pudo llevar a cabo una prueba biológica que zanjara la cuestión.

La mujer inició la demanda tras la revelación que atribuye a su madre poco antes de morir. Tanto esta mujer como su pareja afirmaron en el procedimiento judicial que escucharon esas palabras. A la vez, otros testigos acreditaron otros extremos: cuando el supuesto padre murió, un vecino fue a darle el pésame a la madre. Según una amiga de la fallecida, esta impidió a su hija ir al funeral del supuesto padre para que en la iglesia no le dieran el pésame.

De acuerdo con la demanda, la hija fue fruto de una relación extramatrimonial de su madre y este hombre. Sin embargo, se la inscribió con los apellidos del marido de la madre y su supuesto padre biológico jamás reconoció este hecho ni tuvo un comportamiento que lo reflejase. La demanda apuntaba a que era una persona que frecuentaba el domicilio familiar y a la que se calificaba como «tío». Acudía a menudo a comer o a que le lavaran la ropa al domicilio. También aportaba una fotografía para demostrar un supuesto parecido físico entre ambos.

Sin embargo, las dos instancias judiciales consideran que la prueba es insuficiente. La demanda de filiación fue presentada contra los herederos del supuesto padre, que falleció sin hijos reconocidos. Lo primero que genera dudas a los magistrados son los testigos presentados por la mujer, unos porque son poco concretos y otros porque tienen una relación de amistad con ella. También consideran que falta cualquier tipo de comportamiento del supuesto padre que avale ese hecho, más allá de que fuera parroquiano del establecimiento en el que trabajaba la demandante.

«El único dato comprobable que aportó una de las testigos fue que la madre no quiso que su hija fuera al funeral porque en tal caso le habrían dado el pésame, mas dicho indicio es equívoco por cuanto bien pudo querer la madre que su hija no pasase por la situación porque era un mero rumor o bulo», señala la sentencia de la Audiencia. De ser la situación algo notorio, razona la resolución, la hija hubiera podido preguntar antes a su madre o al propio supuesto padre cuando este vivía.

Aunque la prueba biológica fuera imposible, los jueces señalan que lo que sí pudo demostrar la hija es que, quien durante toda la vida fue su padre no lo era en realidad, «extremo que tampoco se intentó demostrar por vía de la declaración de sus hermanos o medio hermanos». La sentencia de la Audiencia añade: «Llama la atención la ausencia de fotografías del supuesto padre con la actora o con su familia y de cartas, notas o escritos suyos o de la madre alusivas a la paternidad o de la especial vinculación o afecto que dice le profesaba a quien llama tío».