Imagen de una administración de Lotería de Menorca. | Tolo Mercadal

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Un juzgado de Palma ha desestimado la reclamación de una mujer que exigía a su exnovio la mitad de un Euromillones que le había tocado al hombre cuando eran pareja. El demandado ganó en noviembre de 2019 800.000 euros en el sorteo y los ingresó en una cuenta suya. En ese momento, la pareja pasaba por un bache, si bien, unos meses después se compraron un piso y ambos tenían un piso en común. La mujer reclamaba ese dinero porque planteaba que su situación era similar a la de un matrimonio en el que se comparten los bienes. Sin embargo, lo primero que hace el juez es establecer que no es lo mismo una pareja de hecho que un matrimonio. De hecho, recuerda que la jurisprudencia del Supremo es clara al establecer que no es posible que exista un régimen económico matrimonial entre parejas que no están casadas, salvo que exista un pacto que regule una comunidad de bienes u otro sistema.

En este caso, el magistrado entiende que la mujer no ha demostrado que esa fuera la situación: «La convivencia no llegó a constituir una auténtica comunidad económica». Valora que el demandado ingresó el premio en una cuenta exclusiva suya y que había comprado con dinero propio el boleto premiado en una administración que no era en la que compraba la mujer.

También repara que ambos miembros de la pareja mantenían cuentas corrientes personales, aunque tuvieran otra en común o que no se haya aclarado a qué dedicó la mujer el dinero que obtuvo de la venta de una casa de su propiedad. «No puede entenderse que hubiera una decisión inequívoca de constituir una comunidad de bienes en el más amplio sentido como proyecto de vida común con reparto de todas las ganancias y todo ello sin perjuicio de que decidieran comprar una vivienda por partes iguales y mantener cuentas corrientes con las que cubrían los gastos comunes». Es decir, el dinero del premio es exclusivamente para el hombre que no tiene por qué compartirlo con su expareja.
La mujer argumentaba que celebraron juntos «con gran alegría» el premio que había recibido su entonces pareja y que le acompañó al banco cuando fue a ingresar el boleto. Según señalaba en la demanda, fue entonces cuando descubrió que su novio había decidido ingresarlo en una cuenta corriente de su exclusiva titularidad y, aunque no planteó entonces más problemas, entendía que ahora le corresponde esa cantidad.

El apunte

Una pareja de hecho no es igual que un matrimonio

La sentencia del Juzgado de Primera Instancia 12 de Palma recuerda que una pareja de hecho no es igual que un matrimonio y que no es equiparable a todos los efectos. Uno de los que justifican esta decisión en torno al premio es la posibilidad de formar o no una comunidad de bienes. En caso de premios, también habría discusión sobre la obligación de repartirlos en un matrimonio en función del régimen en el que se encuentren.