Imagen de viviendas del Ibavi.

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Conseguir una Vivienda de Protección Oficial (VPO) es el sueño de muchos ciudadanos de las Islas, ya que hay muchas dificultades para poder acceder a la vivienda. Actualmente hay 7.343 inscritas en el Institut Balear de l'Habitatge (Ibavi) para conseguir una.

El problema es que no todas las personas que tienen dificultades para acceder a una casa o un piso cumplen los requisitos. El parque de vivienda público es limitado y, por este motivo, se reservan para las personas con más dificultades.

Cabe destacar que el Ibavi tiene previsto modificar la normativa y sólo permitirá inscribirse en la lista de espera para acceder a la vivienda a las personas que cumplan todos los requisitos. La intención es que esta medida pueda estar en vigor antes de que finalice el año.

Estos son los requisitos:

-Ser mayor de edad o menor emancipado y que no se encuentren en situación de incapacidad para contraer una obligación contractual.

-Vivir en Baleares como mínimo desde hace un año.

-No ser propietario ni titular de otra vivienda (excepto en caso de divorcio o si se necesita un piso adaptado y lo que se tiene no está ni se puede adaptar).

-Acreditar una fuente de ingresos. En concreto, se exigen unos ingresos mínimos de 1.003 a 1.203 euros en función de que el núcleo familiar sea de 1 a hasta 3 personas o más; si son dos perceptores, el mínimo debe ser de 1.128 a 1.289 euros. En el caso de los ingresos máximos se trata de 29.243 euros si es una persona, de 35. 091 si son tres o más personas las del núcleo familiar.

-Por último, hay una baremación, que determina la colocación en la lista. Estos son las circunstancias que puntúan:

A. Por cada componente con discapacidad con un porcentaje superior al 64 % se conceden tres puntos.

B. Por cada componente con discapacidad con un porcentaje entre el 33 % y el 64 %, dos puntos.

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C. Por tener uno o dos hijos menores, dos puntos.

D. Por ser familia numerosa, tres puntos.

E. Por ser familia monoparental, un punto.

F. Por cada solicitante mayor de 65 años, dos puntos.

G. Por ser víctima de violencia de género, violencia doméstica o víctima del terrorismo, dos puntos.

H. Por residencia efectiva y continuada de más de 1 año de al menos un
de los solicitantes en el término municipal donde se encuentre la vivienda, un punto.

I. Por residencia efectiva y continuada de al menos uno de los solicitantes en Baleares:
• De 3 hasta 5 años, un punto.

• De más de 5 hasta 10 años, dos puntos.

• De más de 10 años, tres puntos.

Por último, desde el Ibavi han precisado que para la adjudicación de vivienda de nuevas promociones se pueden añadir a estos requisitos generales, otros requisitos que pueden variar en cada caso. Por citar algunos ejemplos, ser joven menor de 35 años o crear una lista preferente con personas residentes en los municipios y una supletoria con gente residente en otros municipios.