Sede del IMAS en Palma. | Redacción Local

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Un juzgado de lo Contencioso de Palma pone de manifiesto en una sentencia graves carencias en el expediente administrativo por el que el Consell se hizo con dos inmuebles para construir un centro de menores en Puntiró. La sentencia rechaza por falta de legitimidad el recurso impulsado por los vecinos de la urbanización contra el expediente. Sin embargo y, sin necesidad, el juez advierte: «En el expediente no obra dato o información alguna que permita conocer la razón por la que se optó por ese inmueble. Tampoco la determinación del precio del contrato se encuentra suficientemente explicitada».

El Institut Mallorquí d’Afers Socials inició en 2017 un concurso para conseguir inmuebles para abrir un centro de menores con medidas de protección. Uno de primera acogida y otro de residencia para adolescentes entre 13 y 17 años. La convocatoria quedó desierta y la Administración encontró dos inmuebles en Puntiró sobre los que hizo un contrato de alquiler que se podía convertir en compra, algo que se llevó a cabo en 2018.

Los vecinos de la zona presentaron un recurso ante la Administración. Planteaban que se incumplieron requisitos para la adjudicación directa, que la actividad choca con los usos permitidos para esas fincas e incluso que el precio pagado por los inmuebles, 1,2 millones de euros, era superior a una oferta previa de los propietarios.

El juzgado de lo Contencioso rechaza el recurso porque entiende que las asociaciones recurrentes no están legitimadas para plantearlo. Sin embargo, sobre el fondo del asunto, sí que les da parte de razón, aunque sea solo «dicho de paso». «Se desconoce qué órgano administrativo, de qué manera y cuándo buscó ese inmueble, cuando son aspectos fundamentales del expediente», dice. Las asociaciones mantienen el caso abierto y han recurrido esta sentencia al Tribunal Superior de les Illes Balears.

Los vecinos denuncian que vulnera normas urbanísticas

Las asociaciones vecinales y de propietarios que han promovido el recurso ante los juzgados denuncian también que los dos centros llevan a cabo actividades que no están permitidas en la zona, que sólo contempla uso residencial. El juez les indica que eso lo pueden denunciar ante el Ajuntament de Palma. El Consell rechazó las alegaciones vecinales al expediente y esa es la decisión que formalmente se ha llevado a los tribunales.