En el supuesto de que el menor se quiera vacunar y los dos padres se opongan, en principio rige la voluntad de los tutores. | JUAN MEDINA

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Aunque sean menores de edad, los jóvenes que ya han cumplido los dieciséis años están capacitados legalmente para decidir sobre su salud y, en consecuencia, ellos deciden si se vacunan independientemente de lo que sus progenitores consideren. Si el menor tiene de 12 a 15 años, en cambio, los progenitores deciden. Pero, ¿qué ocurre si los padres tienen pareceres opuestos (que uno quiera vacunarlo y el otro no)? Y aun más, ¿qué pasa si el menor de 15 años quiere vacunarse pero sus progenitores se oponen? ¿Podría el niño llegar a revocar la decisión de sus padres?

Noelia Martín, coordinadora de vacunación de Son Dureta, señala que la estrategia del Ministerio dice que si dos padres separados tienen un niño que quiere vacunarse y los padres no están de acuerdo primará el bienestar del menor, que es vacunarse. «Pero –añade– se ha dado algún caso de un padre que nos ha comunicado que el menor quiere vacunarse y que tiene su aprobación, pero no la de su madre. Aquí ya no podemos hacer nada: necesitamos una resolución judicial que diga qué debemos hacer». No obstante, «si viene un menor de 12 años con su padre o madre sin que nosotros sepamos si están divorciados y nos dice ‘quiero vacunarme y él es mi padre’, lo hacemos».

Vía judicial

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Como se ha explicado más arriba, la última vía para resolver las diferencias entre progenitores (estén o no divorciados) es la judicial. Margalida Fornaris, abogada del despacho Font Mora Sainz de Baranda, explica que en este caso deberá iniciarse un procedimiento o incidente de jurisdicción voluntaria, que es un trámite bastante sencillo, en qué el juez escuchará las razones a favor y en contra de los progenitores y al Ministerio Fiscal. Finalmente, se determinará qué padre decidirá y si el menor puede ser vacunado o no.

Fornaris añade que en estos casos es recomendable analizar la salud del menor (si es o no de riesgo, cómo podría afectarle la vacuna, etc.) puesto que «la vacunación debería estar recomendada por el pediatra o médico del menor, porque es quién mejor conoce su necesidad o no en el caso en concreto».

Fornaris cita en este sentido una sentencia de 2019, dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra, que falla a favor de un padre divorciado que, en contra de la voluntad de la madre, quería vacunar a sus hijos. El juez estimó entonces los beneficios de la vacuna para su salud.

En el supuesto de que el menor se quiera vacunar y los dos padres se opongan, en principio rige la voluntad de los tutores, pero el menor podría acudir al fiscal de menores para que éste inicie un «procedimiento limitativo [para limitar el ejercicio de la patria potestad]», ante el juez, explica el abogado, profesor de derecho de la UIB y exdefensor del menor de Antoni Bennàssar. Es el mismo procedimiento que se utiliza para hacer una transfusión de sangra a una criatura hija de testigos de Jehová, explica Bennàssar.
Asimismo, si el menor de 16 años está legalmente emancipado se podría vacunar sin necesidad del consentimiento.