Dejar trastos tirados en la calle es una de las conductas incívicas que más quejas ciudadanas provoca. | ARCHIVO

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El Ajuntament de Palma tan solo cobra una mínima parte de las multas que se ponen por infracciones generales, según denuncia la defensora de la Ciudadanía de Palma, Anna Moilanen. Una de las razones es la insolvencia de muchas de las personas sancionadas, «pero también se debe a la deficiente capacidad de la administración local a la hora de tramitar estas sanciones», lamenta la defensora.

Entre estas multas que no se cobran en muchas ocasiones están las impuestas por algunas de las conductas incívicas que más molestan al conjunto de la ciudadanía, como son el abandono de trastos en la calle o de basura fuera de los contenedores, no recoger los excrementos de los perros, el exceso de ruidos, el consumo de bebidas alcohólicas en la calle, la venta ambulante ilegal o los grafitis. Estas acciones incumplen diversas ordenanzas municipales, en especial una de las más importantes, la Ordenanza reguladora del uso cívicos de los espacios públicos (ORUCEP).

Moilanen expone que la administración presenta dificultades a la hora de tramitar todas estas multas, en especial en lo que se refiere a la coordinacion de los trámites entre los departamentos implicados. «No quiere decir que no se tramiten, se hace, pero a menudo tardan demasiado tiempo en llegar», declara.

Esta situación, entiende la defensora, «lleva a los infractores a un aprendizaje contrario al objeto de una sanción, que debe ser un cambio de conducta, pues aunque la persona es ‘pillada’ en su mala conducta y se levanta acta, las consecuencias no llegan». De esta forma, «crece entre una parte de la ciudadanía una sensación de impunidad al mismo tiempo que aumenta la indignación de la otra parte, la que sí cumple las normas», concluye.

Además, prosigue la responsable de defender los intereses de los ciudadanos de Palma, «en todo este proceso no siempre los derechos de la ciudadanía están garantizados, en parte por las dificultades relacionadas con las notificaciones».

Por último, avisa de que, a veces, «también existe la equivocada picardía de algunas personas que piensan que al rechazar la notificación de una sanción o por el hecho de no recogerla se libran de su contenido, cuando no es así. Lo que harán es perder tiempo y los posibles derechos de reclamación si se consume el plazo dado para ello».

Sanciones puestas por error a un titular equivocado o sin opción de ser conmutadas

Otro de los problemas que se presentan en relación a las multas y contra los que lucha la defensora «son los casos en los que el sancionado se entera de la sanción cuando ya se le está embargando la cuenta bancaria». A veces tratamos casos tan sangrantes como son multas puestas por error de la administración a un titular equivocado pero cobradas por vía ejecutiva».

En general, Moilanen defiende que las multas «deberían ser un instrumento didáctico y no un medio recaudatorio, que es la impresión que dan ciertas sanciones, como algunas de tráfico o por botellón que son por cantidades enormes sin que se haya dispuesto de una vía de conmutación». A veces, afirma, «las multas, con los intereses de demora y costas, suman cantidades importantes y sin duda impactan en la economía familiar».