Miquel Àngel Moyá | Redacción Deportes

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La última persona en cobrar por una portada de la revista Interviú será el futbolista mallorquín Miquel Àngel Moyá. El portero, ahora en la Real Sociedad, no salió desnudo en la extinta revista. Quien mostraba su cuerpo era Melissa Martínez, antigua novia del jugador.

El Tribunal Supremo confirma ahora la condena a la editora de la revista y a la joven a pagar 45.000 euros por intromisión en la intimidad del jugador. El motivo: que la modelo revelaba que había interrumpido un embarazo durante la relación entre ambos. El alto tribunal confirma una sentencia que entendía que este dato rebasaba el interés público por su persona.

La revista publicó una entrevista a una exnovia del portero en la que daba datos privados.

La demanda de Moyá alegaba que había sufrido «importantes perjuicios en el ámbito familiar» por la revelación que hacía Martínez en la portada que protagonizó en octubre de 2014. Esta no se presentó en ninguna parte del procedimiento. El Grupo Zeta, antigua editora de la revista, alegaba que el dato pertenecía a la vida de la propia entrevistada. El Supremo considera que, aunque no se discute la personalidad pública del jugador, este no había entrado antes en informaciones en torno a su vida privada.

«La entrevista tenía un interés público, al menos relativo, para los que gustan del género más frívolo del entretenimiento al que pertenecían informaciones de esta naturaleza, habituales en ese conocido semanario, donde las fotografías desnudas o de las mujeres entrevistadas se acompañaban de textos con un marcado contenido sexual», recoge la sentencia. Sin embargo, la revista no consiguió demostrar que Moyá «hubiera adoptado pautas de comportamiento que permitan entender que consintió el público conocimiento de su decisión». Es decir, que su expareja hizo pública de forma unilateral una decisión íntima y que, por tanto, podía provocar un perjuicio al deportista.

También se condena a la editorial de la revista por enfatizar ese dato dentro de sus páginas como un titular junto a una fotografía de la exnovia del jugador en top less. La sentencia de la Sala de lo Civil recuerda que «ni siquiera la sexualidad puede considerarse una materia total y absolutamente reservada». Sin embargo, añade que depende de las «pautas de comportamiento» previas del afectado: «Corresponde a cada persona, no a terceros, delimitar su esfera de intimidad».