El despacho de abogados Luna-Garau explica cómo consideran que será la vuelta a la actividad judicial y el impacto que esta emergencia sanitaria tendrá en las diferentes áreas del derecho. | Luna-Garau

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El sector legal se ha visto inmerso en una constante vorágine legislativa a consecuencia de la declaración del estado de alarma, casi cada día el Boletín Oficial del Estado (BOE) amanecía con novedades legislativas. Esta constante ebullición normativa junto con la prácticamente completa paralización en la tramitación de procesos administrativos y judiciales en todas las ramas del derecho conllevará la consiguiente acumulación de tramites, tareas y procesos, situación que provocará un cuello de botella en el sector legal tras la reanudación de la actividad judicial.

Durante todo este tiempo de confinamiento los despachos de abogados han recibido las consultas de sus clientes sobre el estado de sus asuntos, sobre la afectación que el parón judicial provocará en sus litigios y trámites, en fin, sobre la demora que aquéllos y éstos podrían sufrir.

Hemos trasladado estas inquietudes al despacho de abogados Luna-Garau, que, a través de los responsables de sus cuatro áreas de ejercicio, explican cómo consideran que será la vuelta a la actividad judicial y el impacto que esta emergencia sanitaria tendrá en las diferentes áreas del derecho.

Carolina Torres - Abogados Luna-Garau

En el ámbito laboral, según Carolina Torres - Graduada Social y Gestor Administrativo, responsable del área laboral, que sigue trabajando desde casa y el despacho, ofreciendo asesoramiento y cobertura a trabajadores y empresas, informa que su área se ha visto inmersa en un aluvión de casos, a consecuencia de los ya famosos ERTES por fuerza mayor y algún que otro despido injustificado. «Dentro del campo laboral vamos a ver un incremento exponencial de la litigiosidad en la jurisdicción social motivado por las demandas en materia laboral como despidos, reclamación de cantidades y derechos. Desde el inicio del Estado de alarma hemos atendido cientos de llamadas relacionadas con los ERTES, despidos y vulneración de derechos de los trabajadores».

Según Torres, «no cabe duda de que una vez que se reactiven las actividades empresariales, veremos una gran cantidad de modificaciones contractuales debido a la adaptación que tendrán que realizar muchas empresas, estaremos como siempre prestando nuestros servicios en el área laboral a trabajadores y empresas de manera individualizada y analizando la situación caso a caso, en mi área de trabajo la casuística es fundamental».

Santiago Garau - Abogados Luna-Garau

Por su parte Santiago Garau, socio fundador del despacho, y responsable del área civil, ofrece un análisis sobre el impacto de la COVID-19 en el ámbito del derecho de familia: «La crisis del COVID19 supondrá una profunda catarsis que provocará cambios y planteará nuevos escenarios en el ámbito político, económico y social. El mundo jurídico no será una excepción, tanto en lo que atañe a los aspectos sustantivos como a los aspectos relativos al proceso».

Además, Garau explica que «en el Derecho Civil, concretamente, aparecen tres grandes campos de batalla que deberán ser abordados de manera concienzuda y eficaz: el derecho de familia, el derecho de obligaciones y contratos y el derecho de arrendamientos. Será necesario, más que nunca, descender al caso concreto. Se presentan numerosos focos de conflicto que, en la mayoría de los supuestos, no serán resueltos a corto plazo».

Desde el despacho de abogados Luna-Garau, «estamos preparados para abordar esta situación desde el minucioso estudio de la normativa general y excepcional en aras de aplicarla, e interpretarla, en consonancia con un adecuado planteamiento individual de cada caso», explica Garau.

Eduardo Luna - Abogados Luna-Garau

En lo referente al derecho penal, Eduardo Luna, socio-director del despacho y abogado especialista en derecho penal, reflexiona sobre la posible acumulación de asuntos y el aumento de ciertos delitos: «Hemos sufrido una paralización importante de los asuntos penales, obviamente no todo se ha paralizado, las causas con presos, detenidos o la adopción de medidas cautelares urgentes han seguido su curso, desde el despacho hemos atendido a diversos clientes tanto en sede policial como en la comparecencia ante el órgano judicial».

Jueces, fiscales, funcionarios y abogados siguen como suele decirse 'al pie del cañón' velando por la protección de los derechos de los ciudadanos», asegura Luna, quien reconoce que «no cabe duda de que esa paralización parcial de trámites tendrá un reflejo importante en la vuelta a la 'nueva normalidad'». «Nos enfrentaremos a una carga de trabajo importante, los juzgados sufrirán esta carga y la única solución para que puedan sacarla adelante es dotarles de medios suficientes, la administración de justicia es un pilar fundamental de nuestro estado de derecho y como tal debería tratársele».

Luna revela que, «en lo práctico, hemos observado un incremento en los delitos cometidos en el ámbito de la violencia de género, estafas a nivel informático, los derivados de la transgresión del estado de alarma, delitos de desobediencia, atentado agente de la autoridad, pero, por el contrario, hemos observado una disminución en los delitos relativos a la seguridad del tráfico, hurtos, robos o lesiones, según los datos que han facilitado las Fuerzas y Cuerpos de seguridad».

Ricardo Fort - Abogados Luna-Garau

Por su parte, Ricardo Fort, abogado experto en derecho civil/mercantil y administrativo, responsable de estas áreas, ofrece una visión sobre el alcance de la COVID-19 en las relaciones con la administración pública: «La declaración del estado de alarma y las actuaciones llevadas a cabo por la Administración sanitaria a causa de la COVID-19, podrán dar lugar a acciones de responsabilidad patrimonial ante los Tribunales, cuando el particular afectado por aquéllas sufra daños y perjuicios efectivos, individualizados, evaluables y que no tenga obligación jurídica de soportar. Será posible que la Administración pretenda enervar su responsabilidad en base a la existencia de un supuesto de fuerza mayor, lo que obligará a los operadores jurídicos a analizar caso por caso y, especialmente, a verificar si la actuación administrativa estuvo inspirada y dirigida bajo los principios de prudencia y de pérdida de oportunidad».

En el ámbito del Derecho Mercantil, Fort considera que «una vez termine el estado de alarma, los Juzgados, entre otras medidas excepcionales, no admitirán a trámite solicitudes de concurso necesario (incluidas las que se hayan presentado durante el estado de alarma) hasta que hayan transcurrido dos meses desde su finalización, del mismo modo que aquellos deudores que hubieran iniciado negociaciones con sus acreedores en el marco del art. 5 bis LC, no tienen obligación de instar concurso durante el estado de alarma, aun estando ya vencido el plazo fijado en el mismo. Otras medidas también se han adoptado en relación al funcionamiento de los órganos de administración, aprobación de cuentas anuales, reparto de dividendos, sociedades cotizadas, etc., que permiten adecuar la actividad societaria al estado de alarma y que son de suma interés para un futuro y correcto funcionamiento de aquélla una vez finalizada esta situación extraordinaria».