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Ante la ocupación, este martes, de la sede del Instituto Balear de la Vivienda (IBAVI) por miembros de Stop Desahucios en protesta por el desalojo producido este mismo martes fuentes del Ibavi explican como se ha producido el desahucio.

Indican que las personas que vivían en el piso de Tomàs Rullán, donde se ha producido el lanzamiento, lo hacían «en condición de ocupas». Detallan que el piso ocupado había sido años atrás alquilado por una mujer «con la que alguno de los ocupantes podía tener algún tipo de relación» y que en su día abandonó el inmueble «porque fue condenada por tráfico de drogas» y añaden que «se trataba de una inquilina con alta morosidad (más de 49 recibidos, más de 16.000 euros de deuda) y conflictividad vecinal». El año 2015 renunció, desde la cárcel, al piso «pero posteriormente lo ocupó ilegalmente».

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El lanzamiento de este martes -en cumplimiento de sentencia judicial- «es el final de un proceso iniciado en junio de 2016 cuando el consejo de administración del Ibavi acordó la interposición de demandas de desahucio en 9 casos de esta promoción, tanto de inquilinos morosos y conflictivos como ocupas en las mismas condiciones. A parte de la situación de morosidad y ocupaciones irregulares, la decisión se tomó después de reiteradas quejas de la comunidad de propietarios de la promoción, que exigía al Ibavi que actuara ante las situaciones de peligro, riesgo y molestias que causaban, y reprochaba al instituto público de no actuara ante estas graves situaciones. La situación era de alta conflictividad y fue necesario incluso que la Policía Local (en mayo de 2017) acompañara a los trabajadores sociales que debían entrevistarse con los afectados».

El área social del Ibavi, después de estas visitas, «recomendó la necesidad de actuar en este y otros casos para mantener la convivencia en la promoción y evitar situaciones de riesgo y de peligro».

Desde el Ibavi concluyen que el inmueble estaba ocupado de «manera absolutamente irregular y se trata de un caso con unos antecedentes de conflictividad y morosidad importantes», por lo tanto «son los tribunales los que han corroborado que se dan las circunstancias para que se produzca el lanzamiento».