Docentes en el primer día de oposiciones, el pasado junio, esperando el acceso a las aulas para realizar las pruebas. | Miquel Àngel Llabrés

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El STEI ha tramitado un centenar de recursos de reposición contra los ceses de profesores interinos a 30 de junio por parte de la Conselleria d Educació, Universitat i Recerca. Estos ceses afectan a docentes interinos que cubren plazas cuyos titulares han dejado provisionalmente y que, a 30 de junio, no se han reincorporado. Sin que el titular haya recuperado la plaza en esa fecha, la Conselleria d’Educació procede igualmente a cesar a su sustituto interino.

El secretario de Ensenyament Públic del STEI, Cosme Orell, explica que «el plazo para presentar recursos finalizará el próximo lunes. Hasta ahora hemos tramitado 92. Con algunos más que tramitemos hasta que se agote el plazo, podremos llegar al centenar. Este servicio sólo lo prestamos a afiliados. A los no afiliados les podemos ofrecer información, pero no ponemos a su disposición nuestros servicios jurídicos».

Orell señala que «tenemos cuatro modelos posibles de recursos según la casuística existente. A los afectados les asesoramos sobre el modelo a seguir, pero lo deben registrar ellos mismos en la Conselleria. No obstante, nos reservamos una copia del recurso por si la Conselleria lo rechaza y decidimos llevar el caso a los tribunales».

Un mes de plazo

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Los ceses fueron comunicados en los primeros días de julio y, a partir de ahí, los afectados disponen de un mes para presentar el correspondiente recurso, si lo consideran oportuno.

Para el STEI, la práctica de los ceses de docentes interinos a 30 de junio «vulnera los derechos de los trabajadores. Acogiéndose a una ley autonómica, la Conselleria d’Educació incumple el Estatuto Básico del Empleado Público, ya que el cese del profesorado interino en fecha de 30 de junio está al margen de las causas contempladas en esa normativa. El cese sin que el titular se haya incorporado a la plaza no se ajusta a Derecho al ir preciamente contra el Estatuto Básico del Empleado Público, norma de obligado cumplimiento para las comunidades autónomas».

El sindicato también destaca que «la aplicación de la ley autonómica para estos ceses vulnera también el principio de igualdad de la Constitución española y el de no discriminación amparado por la legislación europea».

El STEI considera que «los efectos de la aplicación de la ley autonómica suponen una desigualdad inadmisible para personas que han hecho un mismo trabajo y son tratados de forma diferenciada y discriminatoria. Hay jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE y de los tribunales españoles que proclama que si las funciones y el trabajo que se realizan son los mismos, no hay razón objetiva para un trato diferenciado».