El caso ha sido abordado por el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo para clarificar la interpretación de la segunda oportunidad. | Javier Lizón

TW
4

El Pleno de la Sala de lo Civil del Supremo emplea un caso de Palma para fijar una interpretación más flexible de la Ley de Segunda Oportunidad que permite que autónomos y emprendedores se libren de parte de su deuda en caso de que sus negocios fracasen.

Los magistrados respaldan la vía que habían abierto un juzgado de lo Mercantil de Palma y la Sección Quinta de la Audiencia de Baleares a la hora de mantener un criterio amplio para permitir la exoneración de estas deudas. Enfrente, la Agencia Tributaria defendía una aplicación más restrictiva a la hora de interpretar qué se entendía como un deudor de buena fe.

El caso es el de un autónomo que, en el año 2010 se vio obligado a declararse en concurso. Cinco años después, tras liquidarse todo su patrimonio, todavía le quedaban deudas por afrontar, algunas de ellas con Hacienda. En total, la Agencia Tributaria le reclamaba algo más de 6.000 euros. El juzgado aceptó aplicarle la ley de segunda oportunidad en 2015, poco después de que se aprobara, y exonerarle de parte de ese pasivo insatisfecho.

El deudor aceptó un plan de pagos por el que se le retenían unos 140 euros al mes de su nómina de apenas mil. Con ese dinero tenía que devolver aproximadamente la mitad de esa cantidad que le reclamaba el fisco.

Hacienda entendía que no era un deudor de buena fe y pretendía recibir todo el dinero. El Supremo confirma que sí lo es porque en el concurso no fue declarado culpable, en diez años el deudor no había sido condenado por sentencia firme ni había recibido ese beneficio antes.

El Supremo también da la razón a los tribunales de Baleares en que es el magistrado quien debe decidir sobre si se concede o no la segunda oportunidad sin que sea necesario un acuerdo previo de los acreedores y Hacienda.

Sentencia aplaudida

Las asociaciones de autónomos y despachos especializados han aplaudido la sentencia del Supremo que aclara una normativa que la misma resolución señala que era de difícil comprensión y que había planteado problemas en su aplicación. El fallo recuerda que la legislación europea ya recoge la posibilidad de que se perdone parte de las deudas a empresarios y autónomos para permitir una segunda oportunidad a los emprendedores y evitar que afronten consecuencias muy duras por un negocio fallido.