Protesta de trabajadores de ‘handling’ el pasado mes de febrero. | Pere Bota

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El Tribunal Supremo reconoce a 87 trabajadores de handling del aeropuerto de Son Sant Joan el derecho a tener billetes de avión gratis o con descuento. La sentencia cierra cuatro años de juicios de los empleados que pasaron en el año 2012 de Iberia a Acciona. La empresa tendrá que compensar a los demandantes por el derecho que no han disfrutado durante siete años, ya sea en billetes o de forma económica.

Los trabajadores entraron dentro de un proceso de recolocación después de que Acciona asumiera el servicio de asistencia en tierra. A pesar de que el convenio colectivo señalaba que se respetaría el derecho a utilización de billetes la empresa no accedió. Al no ser una aerolínea, se remitía a un acuerdo entre las partes para compensar ese derecho. Ese pacto no se había alcanzado y la falta del mismo era el argumento empleado por la empresa para no acceder a la petición de los trabajadores.

Un juzgado de lo Social de Palma dio la razón a los trabajadores en el año 2015 y, un año después, resolvió la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia en el mismo sentido.

Sin embargo, Acciona acudió ante el Tribunal Supremo porque entendía que existían sentencias contradictorias: en Madrid y en Murcia, en casos similares se había denegado esa compensación a los empleados por parte de los tribunales.

El Supremo admite que se trata de un derecho de aplicación compleja: «Se está trasladando a un empleador que no desarrolla tareas de transporte aéreo una obligación pensada para casos en que sí se desempeñan». Sin embargo, se apoya en que la redacción de convenio contempla la posibilidad de que se negocie y, por tanto, «presupone que existe un beneficio patrimonial contemplable en todo caso».

El tribunal indica que la falta de una fórmula específica para compensar ese derecho «no impide reconocer el derecho a utilización de billetes gratuitos ya que una cosa es el derecho que se ostenta y otra la forma en que debe ejercitarse cuando la concesionaria no es compañía aérea».

Once sentencias

La compensación del derecho a billetes aéreos de antiguos trabajadores de Iberia ha provocado hasta once resoluciones diferentes del Tribunal Supremo, todas ellas en el mismo sentido. La empresa tendrá que reconocer el derecho y negociar con los trabajadores la compensación de esos billetes.