Prohíbe la oferta de bebidas azucaradas, bollería y chucherías envasados en las cantinas, bares y locales similares situados en los centros educativos no universitarios, tanto de forma presencial como en las máquinas expendedoras. | Pixabay

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El Govern balear ha aprobado un decreto para favorecer los hábitos saludables de alimentación en los centros educativos que prohíbe vender bebidas azucaradas, bollería industrial y golosinas.

El Consell de Govern ha aprobado este viernes el decreto sobre la promoción de la dieta mediterránea en los centros educativos y sanitarios de Baleares, que tiene por objeto favorecer una alimentación saludable basada en los principios básicos del patrón de la dieta mediterránea.

Entre otras cuestiones, prohíbe la oferta de bebidas azucaradas, bollería y chucherías envasados en las cantinas, bares y locales similares situados en los centros educativos no universitarios, tanto de forma presencial como en las máquinas expendedoras.

También establece las condiciones específicas y los criterios para la programación de los menús y la frecuencia de consumo semanal, así como para la elaboración de los platos.

Entre las medidas que implanta, en el caso de los centros no universitarios prevé que como primeros platos haya legumbres una o dos veces por semana; y que los segundos lleven como guarnición ensaladas variadas tres o cuatro veces por semana; y patatas, hortalizas y legumbres, una o dos veces por semana.

En relación con los postres, recomienda fruta fresca y de temporada cuatro o cinco días por semana y que los demás días consistan preferentemente en yogur, queso fresco, requesón y fruta seca.

Entre los requisitos de elaboración, el decreto establece el uso prioritario de productos de proximidad y de temporada, el uso del aceite de oliva virgen para cocinar y aliñar, la presencia de agua como única bebida, la priorización de carnes blancas y magras, y la alternancia de pescado blanco y azul.

Los precocinados como croquetas o pizzas se pueden ofrecer un máximo de tres veces al mes, y las salchichas y hamburguesas u otros preparados cárnicos, como máximo, cuatro veces al mes.

El decreto determina además que los centros educativos con alumnos con alergias o intolerancias alimentarias diagnosticadas, tienen que elaborar menús especiales para ellos, adaptados a estas alergias o intolerancias, y se garantizarán menús alternativos en el caso de intolerancia al gluten.

En virtud del decreto, cuando, por razones culturales, se motive la exclusión de un tipo de alimento, deben disponer, «siempre que las condiciones lo permitan y sea asumible económicamente», de un menú alternativo considerado suficiente para cubrir las necesidades nutricionales del alumnado.

«Lo que hacemos con el decreto es regular los menús en los centros educativos públicos, concertados y privados, en los centros sanitarios públicos y en las dependencias administrativas sanitarias públicas», ha explicado la consellera de Salud, Patricia Gómez.

Plazos

El Govern da un año a los centros para adaptarse, y respetará que se cumplan los posibles contratos que estén en vigor en esta materia hasta que finalicen.

La consellera ha defendido que la dieta mediterránea tiene «beneficios demostrados en la salud, tanto en la reducción de la mortalidad a causa de enfermedades cardiovasculares y algunos tipos de cáncer, como en la prevención del sobrepeso».

Ha asegurado que el decreto forma parte de la estrategia de lucha contra la obesidad del Govern, sobre todo en la población infantil, entre la cual uno de cada cuatro tiene prevalencia de obesidad, aunque Baleares es la comunidad con mejor porcentaje.

Según Gómez, «muchos alumnos, y más en la adolescencia, consumen en las meriendas por la mañana y por la tarde snacks, bebidas azucaradas y productos de pastelería industrial».

El decreto prohíbe la publicidad de los alimentos que descarta esta nueva normativa.
La Dirección General de Salud Pública y Participación vigilará la planificación escrita de los menús; la coincidencia entre el menú planificado escrito y lo que se sirve el día de la visita de inspección con la indicación de las recomendaciones para la cena en los menús escolares.

También vigilará el cumplimiento de las restricciones en la oferta alimenticia de las máquinas expendedoras y en los bares, cantinas y quioscos ubicados en los centros.

El incumplimiento de las obligaciones que prevé el decreto puede suponer una infracción administrativa y la correspondiente sanción, y la competencia para iniciar el procedimiento sancionador, así como para imponer sanciones, corresponde a la directora general de Salud Pública y Participación.