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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha dictado dos sentencias en las que desestima reclamaciones a la Agencia Tributaria de Baleares por valoraciones excesivas de inmuebles.

Así lo ha anunciado este martes la Conselleria de Hacienda y Administraciones Públicas en una nota de prensa en la que recalca que el Tribunal «avala la metodología empleada por la ATIB».

En concreto, se trata de dos sentencias dictadas en julio en las que los magistrados desestiman sendas demandas presentadas en 2016 por dos contribuyentes, que estaban disconformes por la valoración de inmuebles de su propiedad en el procedimiento de cálculo del Impuesto de Sucesiones y Donaciones y del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Según ha indicado el Govern, las dos sentencias, que imponen las costas a los demandantes, declaran probado que las valoraciones de los inmuebles referidos se hicieron de manera individualizada y que la valoración del perito de la Administración se puede realizar de manera efectiva y legal sin necesidad de que se haga 'in situ'.

«El TSJIB, en estas dos sentencias recientes y en otras anteriores, consideró que el sistema de valoración seguido por la ATIB mediante el uso de peritos cumple con los requisitos legales y jurisprudenciales», ha apuntado la directora de la Agencia, Maria Antonia Truyols.
Truyols ha defendido que «el criterio de la Agencia en este tema no ha variado desde 2002» aunque «otra cosa es que el valor catastral de fincas y edificaciones haya podido sufrir modificaciones al alza en el período alto de la burbuja inmobiliaria hace diez años, a petición de los propios ayuntamientos». En dichos casos «se pueden haber generado valores catastrales superiores a los precios de mercado de las fincas, cuando a partir de 2008 la crisis económica hizo bajar el valor de los inmuebles».

En este sentdio, la directora de la ATIB ha explicado que para paliar estos efectos, desde Baleares «se ha pedido en repetidas ocasiones a los responsables del Ministerio de Hacienda que se puedan hacer modificaciones a la baja en la valoración del catastro en cada localidad, a petición de los responsables de cada municipio, para adaptar este valor a las actuales condiciones de mercado, en los casos donde sea necesario».

Por otro lado, Truyols ha destacado que la ATIB es el ente tributario con menor tasa de litigios en contra de todo el Estado, y lo que a su entender demuestra «el sometimiento a la Ley General Tributaria de todos sus procedimientos».

En 2016 las reclamaciones fueron un 2,3 por ciento del total de las actuaciones, según los datos de la Inspección de Servicios de la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda. Ese mismo año, la media estatal de litigios quedó en un 9,2 por ciento.