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La Audiencia de Palma ha condenado a una constructora y a su compañía de seguros a indemnizar con 3.613 euros a un hombre cuyo vehículo cayó en una zanja, por considerar que la obra no estaba adecuadamente iluminada y señalizada.

La sección tercera del tribunal provincial ha estimado el recurso del afectado contra una sentencia anterior del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Inca que había desestimado la demanda que interpuso por no considerar acreditado que el demandante fuera el dueño del vehículo que cayó al agujero.

La Audiencia de Palma considera que el hombre está legitimado a reclamar porque era quien conducía el vehículo cuando se produjo el accidente, en el peritaje aparece como propietario asegurado y además su compañía de seguros dirige una reclamación extrajudicial en su nombre a la aseguradora contraria.

En cuanto al suceso, el tribunal tiene en cuenta que un Policía Local que declaró en el juicio explicó que el lugar de las obras estaba iluminado de forma algo confusa, con el alumbrado propio de la vía y sin iluminación específica, y la zanja estaba señalizada con una valla y unos discos que obligaban a desviarse a la izquierda.

La sala considera que esa descripción del lugar de la zanja «evidencia que la empresa encargada de la obra no cumplió con la obligación de balizarla luminosamente durante las horas nocturnas» como es preceptivo por ley.

Por otra parte, el tribunal añade que la responsabilidad de la constructora no excluye la del conductor, que debió percatarse de que había vallas y discos, por lo que debería «haber conducido de manera atenta y a velocidad moderada».

La Audiencia de Palma aprecia una «concurrencia de culpas» que valora en un 75 % por parte de la constructora porque «fue la que originó el riesgo», y en un 25 % por parte del conductor afectado.

De los 4.189 euros que reclamaba el conductor por los daños al vehículo, el tribunal fija la cantidad a indemnizar en 3.613 euros, de los que la aseguradora responderá con 2.111.
Contra la sentencia cabe recurso de casación.