TW
1

Todos los ayuntamientos tendrán un plan de gestión del agua para 2024 y las localidades con más de 20.000 habitantes, ya sea de población real o flotante, tienen que elaborar planes de emergencia de sequía antes de diciembre de 2019, según el Plan de Sequía de Baleares aprobado este viernes por el Consell de Govern.

El gabinete del ejecutivo ha aprobado mediante decreto dicho Plan Especial de Actuaciones en Situaciones de Alerta y Eventual Sequía (PESIB), que entrará en vigor la semana que viene y que tiene como objetivo garantizar el suministro de agua de calidad a la población y evitar los efectos negativos sobre el medio ambiente y la economía ante posible sequía.

Fija las actuaciones que todos los sectores y administraciones tienen que llevar a cabo en los diferentes estados de sequía, medidas operativas, de planificación y prevención, estratégicas y mitigadoras para los diferentes escenarios.

Para hacer seguimiento del estado de los recursos, el plan establece las unidades de demanda de acuerdo con criterios hidrogeológicos y de gestión, a diferencia de las anteriores, que se definían por términos municipales.

Establecen siete unidades en Mallorca (una más que hasta ahora) y una para cada una de las demás islas.

Como indicadores de sequía que se calcularán mensualmente, establece los niveles de los acuíferos, los volúmenes almacenados en los embalses y los captados en las fuentes.

Entre las medidas de planificación y prevención, los ayuntamientos tienen que redactar un plan de gestión sostenible del agua antes del 2024, y en ese mismo plazo, los sistemas de abastecimiento que no dispongan de pozos de reserva están obligados a tener uno, excepto si se dispone de un pozo de garantía con una bomba y con conexión al sistema de distribución municipal.

Además, los núcleos con más de 20.000 habitantes de población real o flotante tienen que elaborar planes de emergencia de sequía antes de diciembre de 2019 donde identifiquen a los grandes consumidores y prevean medidas específicas para estos.

La Administración competente en materia de agricultura tiene que promover la reutilización de aguas depuradas y la eficiencia de uso de agua, y redactar un plan de uso de parcelas agrícolas que establezca limitaciones de consumo o de cultivo según el estado.

Con respecto a las medidas estratégicas que adoptará la Dirección General de Recursos Hídricos, para situaciones de alerta y prealerta, contemplan la salvaguarda de los acuíferos de S'Estremera y Sa Marineta y el mantenimiento de las desalinizadoras para que estén a pleno rendimiento si se llega al estado de alerta.

Las medidas operativas variarán en función de la situación de cada momento y son sobre todo preventivas en estado de prealerta, aunque ya implican algunas reducciones de consumo de agua, que se intensifican según se agrave la sequía hacia alerta y estado de emergencia.

En caso de prealerta, los ayuntamientos afectados tienen que poner en marcha campañas de concienciación del ahorro de agua, empezar la instalación de pozos de garantía, instalar y poner en servicio las infraestructuras de aguas regeneradas y empezar a aumentar su uso progresivamente y aumentar progresivamente el uso de agua desalada.

Además, regantes y campos de golf deben sustituir progresivamente el uso de agua subterránea por depurada hasta llegar al cien por cien en estado de alerta.

Las viviendas aisladas con pozo propio tienen la obligación de reducir un 10 % el consumo de agua y las administraciones competentes en educación y turismo tienen que comunicar la situación a centros escolares y establecimientos turísticos. Estos últimos tienen la obligación de distribuir entre sus clientes material informativo para darles a conocer la situación.

En alerta, los municipios deben poner en funcionamiento los pozos de garantía y se tiene que aumentar el uso de aguas regeneradas hasta la capacidad máxima y empezar con las restricciones de agua con paros nocturnos, limitación del riego de jardines, de limpieza de calles y de duchas de playa.

Los establecimientos turísticos tienen que restringir el uso de agua en duchas exteriores, jardines y piscinas.

En el estado de emergencia, los ayuntamientos están obligados a prohibir el riego de jardines, árboles y zonas verdes y deportivas públicos o privados, y la limpieza de calles salvo con agua depurada, así como el llenado o renovación de piscinas.