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El Consell de Govern ha aprobado este viernes autorizar al Servicio del Salud (IbSalut) a iniciar el expediente del nuevo concurso de transporte sanitario aéreo para Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera por valor de 25.530.000 euros.

Así lo ha anunciado la portavoz del Govern, Pilar Costa, durante la rueda de prensa posterior al Consell de Govern.

El contrato tiene una duración de cuatro años prorrogable dos más y se efectúa con cargo a los presupuestos generales de la comunidad para 2018, 2019, 2020 y 2021.

El nuevo contrato ha incrementado el presupuesto un 40 por ciento respecto al anterior. Como novedad, los nuevos aviones ambulancia de la flota, que será renovada, doblan su capacidad y podrán trasladar a dos pacientes en camilla.

El avión de Menorca incrementa su operatividad y pasa de 12 a 24 horas por contrato, con 4.380 horas anuales de disponibilidad del avión y de la tripulación.

Asimismo, se modifica el criterio de la antigüedad que deben tener las aeronaves: mientras que en el concurso anterior se podían adquirir aparatos que tuviesen más de diez años, en el actual no pueden sobrepasar este límite. Las actuales tienen más de 15 años y por ello requieren más mantenimiento y reparaciones.

Los recursos de que dispone el servicio del transporte sanitario aéreo son un avión en Mallorca, uno en Menorca y un helicóptero en Ibiza. El número total de horas de vuelo contratadas es de 7.500 a lo largo de los cuatro años de duración del contrato.

El servicio comprende el traslado de pacientes y de su acompañante dentro del territorio balear, de Baleares a otra comunidad autónoma o viceversa. También se incluyen traslados a aeropuertos extranjeros que estén a una distancia de dos horas y media de vuelo.

Asimismo, se recoge la prestación de asistencia primaria en incidentes de cualquier tipo y traslado de los medios adecuados y del personal sanitario al lugar del incidente; transporte para trasplante de órganos; recurso aéreo en zonas siniestradas o que hayan sufrido una catástrofe; y participación en actividades formativas, simulacros o dispositivos de riesgo previsible.

Tienen derecho a la financiación de la prestación del transporte sanitario las personas enfermas o accidentadas cuando reciban asistencia sanitaria del Sistema Nacional de Salud en centros propios o concertados y que, por imposibilidad física u otras causas exclusivamente clínicas, no puedan usar el transporte ordinario para desplazarse a un centro sanitario o a su casa después de recibir la atención sanitaria correspondiente.