La sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso de Endesa y ha declarado que no es conforme con el ordenamiento jurídico el acuerdo del Consell de Mallorca de mayo de 2010 que desestimó el recurso que interpusieron los anteriores propietarios de esos terrenos, la constructora JOSEL, contra la aprobación definitiva del cambio en el PGOU de Palma.
El tribunal recuerda que, si bien el proceso judicial lo inició la constructora, que había comprado terrenos que sumaban 27.156 metros cuadrados a Endesa en 2005, dicha compraventa la declaró resuelta el Tribunal Supremo en 2014, por lo que la compañía eléctrica recobró la condición de propietaria de los solares y con ella el proceso judicial.
El TSJIB ha admitido dos de los ocho motivos alegados por la demandante contra la modificación del PGOU de Palma que supuso la reordenación de un tramo de la fachada marítima que incluía el edificio de Gesa (tras la protección de dicho inmueble como Bien Catalogado en 2007), que pasó de uso residencial plurifamiliar a ser espacio libre y equipamientos públicos.
En virtud de dicha modificación, los terrenos privados de primera línea del frente marítimo se reubicaron en dos ámbitos: uno de ellos en la sede de Emaya de la calle Joan Maragall y el otro situado al este del barrio de Llevant.
El TSJIB admite que el estudio económico que incorporó el Ayuntamiento de Palma a la modificación es «del todo insuficiente». Precisa que valoró el coste de la operación en cerca de «en la mitad de lo que realmente costaría».
El estudio de Cort preveía que la nueva configuración y urbanización de la zona afectada comportaría un coste adicional de 41,1 millones que deberían asumir las administraciones públicas.
El tribunal explica en la sentencia que el estudio económico financiero limita «la discrecionalidad» en las decisiones de ordenación urbanística que deben ser realizables por razones económicas y afirma que en este caso considera el realizado por Cort «del todo insuficiente».
Los jueces indican que el estudio de Cort no define qué administración asumirá los costes y además no contiene una previsión de varios de los costes derivados de la modificación.
En concreto asegura que se ha obviado «un dato trascendental» que ya se conocía, como es la incorporación del edificio de Gesa como nuevo equipamiento público, lo que obliga a su rehabilitación, que un perito judicial ha cifrado en algo más de 12 millones de euros.
También es errónea la previsión de Cort del coste de la demolición del edificio de Emaya en 500.000 euros, que el especialista cifra en 1,7 millones más otros 422.000 para el traslado; no se incluyen las indemnizaciones a Mapfre por el cambio urbanístico por 10,8 millones.
Según el perito judicial, el sobrecoste no previsto en el estudio es por otros 41,7 millones. El tribunal asegura que lo relevante no es la cifra exacta del coste «sino la proporción en el desajuste» y que el estudio económico de Cort «se quedaba en la mitad de lo que realmente costaría la operación».
El segundo motivo por el que la sala admite el recurso es por infracción en el principio de equidistribución de beneficios y cargas.
El tribunal considera que el Ayuntamiento de Palma aplicó un coeficiente de ponderación incorrecto para calcular la equivalencia de los terrenos de primera línea con los de segunda y tercera donde se reubicó el aprovechamiento para uso residencial.
Cort aplicó un coeficiente de proporcionalidad por el que consideró que los suelos del frente marítimo valían el doble que los del barrio de Llevant donde se trasladó el aprovechamiento de JOSEL, algo que, según el TSJIB, no se fundamentó en estudio de mercado alguno.
La sala asegura que tres informes periciales sobre esta cuestión determinan que la proporción 1 a 2 no puede sostenerse y era más bien de 1 a 4, aunque precisa que no le corresponde fijar el porcentaje exacto y «basta con constatar que es incorrecto el fijado» por Cort.
El tribunal afirma que cuando la modificación del PGOU supone «un cambio tan radical en la ordenación», con desplazamiento de los aprovechamientos lucrativos desde la primera línea a la segunda o tercera, «el coeficiente de proporcionalidad adquiere una relevancia capital y por ello debe estar perfectamente justificado».
La sentencia, contra la que cabe recurso de casación ante el Supremo, impone además las costas procesales a las dos administraciones codemandadas, el Ayuntamiento y el Consell de Mallorca.
17 comentarios
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Este proyecto se aprobó exactamente en la legislatura del PP con Rodrigo de Santos como Regidor de Urbanismo, Catalina Cirer como Alcalde y Pedro Alvarez como Regidor de Hacienda. No es una crítica a nadie del PP y menos a sus militantes, es un dato objetivo y real.
Este proyecto inventado por el PP consiste en cambiar el uso de una gran parcela en primera línea para construir otro mamotreto como el del Portitxol para especular y obviamente beneficiarse. No dejéis que nos tomen el pelo con números y excusas. Que conste que si fuera el PSOE, MES, UM, etc. también los pondría a parir. Entre tener una primera línea "abandonada" o construirlo todo en beneficio de unos pocos y muy ricos (y el que pueda pillar ...) hay una solución intermedia de uso también público. El problema es que si no se construye no se "pilla", lo de siempre, subcontrata o vende que algo te quedas. ;)
Pues que lo pongan Calvo, Hila & cia de su bolsillo. Ya esta bien de que los caprichos y pijadas de los políticos de turno las tengamos que pagar los ciudadanos.
Skunk#1.- Gracias por tu información, pero lo dicho por mi anteriormente no pierde valor. Si el edificio de GESA se hubiese derribado, tal como estaba en el programa de UM, muchos conflictos y problemas nos hubiésemos ahorrado. Munar, que buscó la colaboración del Colegio de Arquitectos cambió de planes única y exclusivamente para fastidiar a José Luis Núñez (que fue presidente del Barça) y hacerle el mayor daño posible por su postura en el tema de Ca'n Domenge que siendo el que más pagaba, quedó fuera. Por eso decía que la sombra de la presa continua siendo muy alargada.
jajaja que fenómeno el alcalde José Hila lo.que nos cuesta q le den un cargo y hablar tampoco sabe, es el picasso de los tontos, una obra de arte, es imposible describir mejor qué es un tonto, jajaja
¿Y qué Ayuntamiento fue el que permitió convertir la primera línea en espacio edificable? Esto es algo que no debería haberse permitido jamás.
@Alberto Lo que hay que hacer con el edificio de Gesa es rehabilitarlo y darle un uso. Es un referente de la arquitectura de su época en nuestra ciudad.
Pues de Teniente de Alcalde con Aina Calvo, estaba el Hila, actual alcalde de Palma...¿Cómo va a funcionar bien el Ayuntamiento de Palma con estos personajes?
Y ahora qué harán estos "cuatro arreplegats" llamados pacto de progreso?
No problem. Lo pagaremos entre todos, a prorrata. Lo jodido es que lo tuviera que pagar uno solo (Calvo o su concejal de urbanismo o quien fuese), pero a pagar entre todos es mas llevadero. Quien va a ir hoy a coger por el cuello al responsable? Si ya ni nos acordamos de quien era?