Alquiler vacacional en Menorca. | Josep Bagur Gomila

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Si los vecinos de la comunidad de propietarios no quieren que en el edificio en cuestión haya viviendas destinadas al alquiler turístico, no será posible su comercialización, y tampoco si los estatutos de la comunidad de propietarios lo prohíben expresamente.

El Govern balear quiere «garantizar la convivencia entre turistas y residentes» en Baleares, por lo que dará a las comunidades de vecinos los «instrumentos adecuados para resolver los eventuales problemas de convivencia».

Además, los consells insulars de Menorca, Ibiza y Formentera decidirán, tras escuchar a sus ayuntamientos, las zonas de estas islas donde se permitirá el alquiler turístico de viviendas, al igual que en el caso del Consell de Mallorca.

Mientras tanto, el Ajuntament de Palma establecerá por su cuenta en qué barrios de la ciudad se permite este tipo de alquiler.

La Conselleria de Innovación, Investigación y Turismo, a través de un comunicado, ha informado del inicio de la tramitación del anteproyecto de ley que regulará el alquiler turístico en Baleares, uno de los «mandatos» de los Acuerdos por el Cambio del pacto de gobierno de los partidos de izquierda.

El ejecutivo autonómico pretende con esta iniciativa legislativa establecer un techo «real» de plazas turísticas, «poner en orden» el alquiler turística y «garantizar» el acceso a la vivienda.

El texto modificará la ley de turismo y quiere «evitar un crecimiento ilimitado de la oferta que pueda provocar masificación turística».

Entre las novedades figura que se suprimen la excepciones en el intercambio de plazas que había hasta ahora: todo el que quiera abrir un establecimiento turístico o comercializar estancias turísticas en una vivienda deberá adquirir las plazas en la bolsa insular correspondiente, siempre que haya disponibles.

Las plazas también se podrán adquirir de alojamientos turísticos o viviendas residenciales que se den de baja.

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En el caso de la viviendas plurifamiliares, las plazas turísticas se adquirirán por un término de 5 años renovables, siempre que la zona residencial en cuestión sea considerada apta para la comercialización de estancias turísticas, según la normativa insular o municipal.

Además, se prohibirán nuevas comercializaciones de estancias turísticas en viviendas ubicadas sobre suelo rústico y los consells insulars podrán incrementar esta protección.

En todos los casos, la viviendas deberán de cumplir con una serie de requisitos mínimos legales, urbanísticos, de sostenibilidad y de eficiencia energética y de calidad turística.

Por otra parte, las páginas web que comercializan estancias turísticas solo podrán anunciar aquellas viviendas que estén registradas legalmente. La nueva normativa impondrá sanciones a las webs que incumplan estos requisitos.

Para evitar el perjuicio a la sociedad de una comercialización indiscriminada de estancias turísticas en viviendas que no son legales, se aumentarán «ostensiblemente» las sanciones a la oferta ilegal.

Así, la administraciones turísticas podrán imponer sanciones por infracción grave en el margen más elevado: de 20.000 a 40.000 euros.

Para acreditar la consolidación del uso residencial de la vivienda e impedir la especulación, las construcciones, tanto unifamiliares como plurifamiliares, deberán tener una antigüedad mínima de 10 años.

La ciudadanía, señala el Govern en su comunicado, podrá hacer llegar al Govern las opiniones que considere oportunas en relación a la elaboración de este anteproyecto de ley.

Una vez que sea publicado en el BOIB y durante el periodo de exposición pública, cualquier ciudadano o entidad podrá presentar las alegaciones correspondientes para poder mejorar el texto.

«En definitiva, el Govern pretende con esta ley atender una realidad social como es el alquiler turístico, avanzando hacia un modelo turístico sostenible».