Las donaciones en vida tienen un tipo impositivo diferente dependiendo de si son simples o con definición, ya que en ese caso la ATIB aplica un gravamen del 7 % a las primeras y del 1 % a las segundas por renunciar a la legítima y tributar como herencia. | Juan Miguel Giménez

TW
9

La mejora de la situación económica ha provocado una disminución de las renuncias a recibir herencias de un fallecido en Balears, al mismo tiempo que la Agencia Tributaria de les Illes Balears (ATIB) constata un descenso del número de donaciones puras y simples, que está gravadas con el 7 %.

En 2014, según el Observatorio Notarial de la Realidad Socioeconómica de los Españoles, en Balears se contabilizaron 1.152 renuncias de herencias, que han ido bajando de forma progresiva en el ejercicio 2015 y en el actual.

La directora de la ATIB, María Antonia Truyols, señala, respecto a las donaciones en vida: «Ahora proliferan las donaciones con definición, es decir que se renuncia a cobrar la legítima, las cuales están gravadas con un 1 % al tributar como una herencia».

A diferencia de otras autonomías para evitar las renuncias, Balears subió el Impuesto de Sucesiones y Donaciones para familiares en primer y segundo grado desde el pasado 1 de enero de este año.

Desde principios de año se aplica una escala propia para las sucesiones, que van del 1 % hasta los 700.000 euros y del 20 % cuando la herencia recibida supera los tres millones de euros.