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La abogada del Estado, Dolores Ripoll, ha subrayado que no cabe la acusación popular en delitos fiscales como los que atribuye Manos Limpias a la infanta Cristina y ha cuestionado que la motivación de ese sindicato sea la defensa del interés público.

Ripoll ha sostenido que la Abogacía del Estado, en este y en cualquier otro caso, «acusa o no acusa atendiendo exclusivamente al resultado de una instrucción».

Según la letrada, «existe un cuerpo de doctrina cierto y plenamente consolidado» que establece que en delitos donde hay perjudicados concretos y, por tanto, cabe la presentación de acusación particular, no es posible que una acusación popular sostenga los cargos en solitario.

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Como a la hermana del Rey se la acusa de delitos contra la Hacienda Pública, el sujeto pasivo supuestamente perjudicado es sólo la administración titular de la capacidad para establecer y recaudar tributos, puesto que el lema «Hacienda somos todos» es meramente publicitario, ha planteado Ripoll.

Ha recalcado que la acusación popular no se rige por los principios de imparcialidad y legalidad que si obligan a la Fiscalía y a la Abogacía del Estado, y ha criticado los criterios técnicos aplicados por Manos Limpias para calcular los delitos fiscales de los que acusa a la infanta Cristina.

Ripoll ha rebatido asimismo que el matiz apuntado por la Audiencia de Palma respecto a que en el caso Nóos la Fiscalía y la Abogacía sí aprecian un delito fiscal, aunque lo atribuyen a Iñaki Urdangarin y no a su esposa, permita mantener la acusación contra la infanta, puesto que «donde la ley no establece excepciones no se pueden hacer por vía interpretativa».