El juez instructor del caso Nóos, José Castro, a su llegada al juzgado de Palma. | ENRIQUE CALVO

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La Comisión Permanente del CGPJ ha rechazado la solicitud del juez José Castro para ser nombrado juez emérito y poder continuar con la instrucción del caso Palma Arena tras su jubilación forzosa a los 70 años, prevista para el próximo mes de diciembre. Este organismo ha tenido en cuenta el informe desfavorable emitido por el TSJB, según el cual la petición de Castro no se adecúa a lo previsto en la ley.

En un comunicado, la Comisión Permanente del CGPJ informa que «la petición de Castro no se adecúa a lo previsto en los artículos 200 de la LOPJ y 258 del Reglamento de la Carrera Judicial, que contemplan la prolongación de funciones como magistrado emérito exclusivamente para formar Sala como magistrado suplente en el TS, los TSJ, la Audiencia Nacional y las Audiencias Provinciales».

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La Comisión Permanente comparte ese criterio con el TSJB, «por lo que no resulta procedente el nombramiento solicitado». La decisión puede ser recurrida por el interesado ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

La pretensión de Castro era proseguir y concluir la instrucción del caso Palma Arena, cuya complejidad ha derivado en la apertura de hasta 28 piezas separadas, de las que 19 aún se encuentran en fase de instrucción.

El juez Castro había amparado su petición en el artículo 200.4 de la LOPJ, que establece que los miembros de la Carrera Judicial jubilados por edad que sean nombrados para continuar en su puesto tendrán la consideración y tratamiento de magistrados eméritos, una situación en la que podrán permanecer hasta los 75 años con el tratamiento retributivo de los magistrados suplentes.