Las viviendas adosadas en una misma parcela tienen que contar con el beneplácito de los vecinos para alquilarse. | Joan M.M.

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La Asociación de Promotores Inmobiliarios de Balears califica de «disparate» las trabas para alquilar viviendas a turistas que recoge el borrador del decreto que desarrolla la Ley del Turismo de julio de 2012. Esta norma, de la que informaba ayer Ultima Hora, ha sido remitido a entidades y patronales afectadas.

«No se tiene que prohibir, sino legalizar. El objetivo debe ser la máxima tributación fiscal. No podemos poner puertas al campo por intereses creados», afirmó ayer el presidente de la Asociación de Promotores Inmobiliarios, José Luis Guillem.

La regulación, en opinión de Guillem, «es clave, de ahí que se tiene que legalizar este tipo de alquileres porque afecta a otro tipo de turismo que llega a la Isla y que elige no alojarse en la oferta hotelera. Crea riqueza de un modo directo e indirecto y la regulación es o debe ser puramente fiscal».

Conselleria de Turisme

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Por su parte, el conseller de Turisme, Jaime Martínez, señaló ayer que «el decreto amplía las tipologías y somos más aperturistas. Nos abrimos a cualquier tipo de suelo, de ahí que se haya pasado de 5.000 a 10.000 viviendas. La interpretación de la autorización o permisos de propietarios en viviendas unifamiliares aisladas para el alquiler turístico se centra únicamente en aquellas parcelas donde hay más de una vivienda, o entre medianeras. Y aplicar la cota de alquiler de este tipo de viviendas al hecho de que estén construidas antes de 1960, tiene una explicación lógica. El objetivo es evitar un agravio comparativo con la regulación actual que tienen que cumplir los agroturismos o hoteles de interior, que son en viviendas construidas antes de 1960 ó 1940, respectivamente».

Martínez afirma que con el decreto que se quiere aplicar «se incorporan más viviendas al mercado turístico».

La no regulación de las viviendas plurifamiliares, según el conseller de Turisme tiene otros condicionantes. «No se pueden legalizar y los instrumentos legales son la Ley de Arrendamientos Urbanos, la Ley de Propiedad Horizontal y el propio Código Civil. Las comunidades de vecinos, con estos instrumentos, son los que tienen la capacidad de regular o no la actividad turística en su edificio».

La Asociación de Promotores Inmobiliarios, al respecto, puntualiza que se regulen las viviendas plurifamiliares como en Andalucía, Cataluña y Comunidad Valenciana, y que no se prohíban las páginas webs. «Insisto, una y otra vez, en que el control fiscal es fundamental para evitar fraudes», afirma Guillem.