El duque de Palma en una imagen de archivo mientras acudía a declarar a los juzgados de esa misma ciudad por el Caso Nóos. | M. Joy

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El sindicato de funcionarios Manos Limpias ha afirmado que el juez instructor del caso Nóos, José Castro, «en una lucha doctrinal, que no le correspondía, se opuso» a la imputación del Duque de Palma, Iñaki Urdangarin, su exsocio Diego Torres y su esposa, Ana María Tejeiro, por un delito de blanqueo de capitales, por lo que piden a la Audiencia Provincial de Palma la «rectificación y subsanación» de su auto.

La asociación ha presentado este martes un escrito con alegaciones en la Audiencia Provincial en el que cuestionan la desestimación porque se basa en la «creencia errónea por parte de la Sala» de que Manos Limpias «sólo basa su petición de imputación» en la existencia de «un delito previo fiscal, y nada dice sobre la existencia de los delitos previos de malversación, prevaricación, fraude a la administración», entre otros.

Por esto, en su argumentación, el sindicato esgrime que la Audiencia Provincial «da la razón» a la letrada de Manos Limpias, Virgina López Negrete, frente a Castro, en relación a la solicitud de imputación de Urdangarin, Torres y Tejeiro, por un delito de blanqueo de capitales y que el instructor de Nóos «en una lucha doctrinal, que no le correspondía, se opuso a tal evidencia jurídica».

Cabe destacar que en su momento, Castro desestimó esta petición cursada por la entidad y a la que se opuso la Fiscalía Anticorrupción al alegar que todos ellos ya han sido interrogados por este supuesto ilícito y, por su parte, la semana pasada la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma también desestimó el recurso de apelación al considerar que la imputación no estaba «motivada».

Desde Manos Limpias aseguran que la Sala «deberá rectificar esta decisión» debido a que, según argumentan, «los hechos que dieron lugar a las imputaciones por prevaricación, malversación, etc. ya están motivados en la instrucción y son conocidos por todos» y añaden que «sí» se refirieron a ellos en sus recursos.

De esta manera, dicen que la acusación basa el delito de blanqueo «no sólo en el delito fiscal precedente, sino también en los delitos previos de malversación, prevaricación, fraude a la administración y falsedad documental».

En este sentido, afirman que «lo que parece extraerse del fondo del auto» es que se desestima su recurso no porque «las conductas de Urdangarin, Torres y su esposa no sean susceptibles de un presunto delito de blanqueo de capitales, sino porque, siéndolo, Manos Limpias no lo ha motivado suficiente, a pesar de los hechos que ya existen en la causa».

Por esto, piden que se «rectifique y complemente el auto de 23 de julio para que se asuma, en su parte dispositiva, que el delito de «autoblanqueo es aplicable» y que los delitos previos están motivados de manera «clara» y «suficiente» y que, esto da la libertad a cualquiera de las acusaciones existentes en la causa para solicitar la acusación de Urdangarin, Torres y Tejeiro como presuntos autores de un delito de blanqueo de capitales (por autoblanqueo).