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El juez instructor del ‘caso Nóos’, José Castro, afirma en el auto de 542 folios que dictó ayer para fijar una fianza de responsabilidad civil de 8,1 millones de euros a Iñaki Urdangarin y Diego Torres, que ambos exsocios en el Instituto Nóos han tenido una «intervención activa, en unión de otras personas» en los hechos «supuestamente delictivos que se instruyen», y que, «los consumaron hasta las últimas consecuencias derivando los fondos ilícitamente obtenidos hacia las sociedades de su entorno». «Urdangarin y Torres se beneficiaron de la más alta institución del Estado», señala el juez en alusión a la Casa Real..

El magistrado justifica de esa manera su decisión de imponer la fianza civil de 8,1 millones que le habían solicitado el fiscal anticorrupción Pedro Horrach y las acusaciones.

«De ahí arranca que (Urdangarin y Torres) sean merecedores de la imposición de la fianza interesada, que se hará efectiva con cargo a la totalidad de sus patrimonios», añade el auto, que menciona a todas las sociedades que forman parte del conglomerado de Nóos, entre ellas, Aizoon SL, propiedad de Urdangarin y su esposa, la infanta Cristina.

El juez da un plazo de cinco días a los exsocios en Nóos para que constituyan la caución, pide que se recaben sus respectivos antecedentes penales, o que acrediten que carecen de ellos, y libra un oficio a la Generalitat de Valencia para ofrecerle la opción de ser parte en la reclamación de responsabilidad civil. También, decide incorporar a la pieza del ‘caso Nóos’ las intervenciones del expresident del Govern Jaume Matas protagonizadas ante determinados medios audiovisuales relacionadas con ella.

Urdangarin y Torres están imputados por los delitos de prevaricación, malversación, fraude, falsedad documental, delito fiscal y contra la Hacienda Pública tras lucrarse, supuestamente, con 5,8 millones de euros de dinero público de Balears y Valencia.

El yerno del Rey declarará en Palma el sábado 23 de febrero, en el mismo día en que está citado como imputado el secretario personal de las Infantas, Carlos García Revenga, y Torres lo hará el 16 de febrero junto a su esposa, Ana María Tejeiro.

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El juez señala que Urdangarin y Torres crearon un entramado de empresas y se pusieron de acuerdo «al objeto de rentabilizar hasta donde les fuera posible ante entidades privadas e instituciones públicas» la influencia de Urdangarin, «real o de obligada imaginación», con la Casa Real.

Lucro

Añade que el Instituto Nóos «dista abismalmente de poder ser considerada como una entidad carente de lucro» ya que, entre otras cosas, todos los testigos del caso han afirmado que «era un empresa como tantas otras».

Subraya que ni en los fundadores de la Asociación Instituto Nóos de Investigación Aplicada (Urdangarin y Torres) ni en quienes han venido rigiendo sus destinos hubo «en ningún momento ese desprendimiento económico del que dicen haber hecho gala y del que se prevalecieron para obtener contrataciones públicas que, de otro modo, no hubieran podido conseguir».

Respecto al hecho de que los servicios contratados por Balears y la Comunitat Valenciana con Nóos se amparasen en la fórmula del convenio de colaboración, el juez apunta que para saber si se trata de un «auténtico convenio de colaboración no radica en que a sus intervinientes se les haya ocurrido la feliz idea de llamarlo como tal para liberarse de la esclavitud de los rigores contractuales administrativos, sino su naturaleza intrínseca».

La resolución dictada por el juez Castro todavía no es firme y contra ella cabe la interposición de un recurso de reforma o de apelación a interponer en el plazo de tres días.