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Las Islas cuentan actualmente con 420 oficinas de farmacia abiertas, un 79% de las cuales están en Mallorca (334), y el 24% restantes en Menorca (40), Eivissa (42) y Formentera (4), actualmente la Direcció General de Gestió Económica i Compres de la Conselleria de Salut, Família i Benestar Social está terminando un proceso de adjudicación, por concurso de méritos, que acabará con la apertura de 18 nuevas oficinas de farmacia, todas ellas en Mallorca.

Pero abrir una oficina de farmacia no es un procedimiento fácil. Hay que cumplir una normativa para obtener la autorización pertinente.

Normativa. La normativa que recoge el procedimiento de autorización de nuevas farmacias es: la Ley 7/98 de Ordenación Farmacéutica de Balears y el decreto 25/1999, de 19 de marzo, que aprueba las zonas farmacéuticas de la Comunitat Autònoma de Balears y el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia.

Solicitud. ¿Quién puede iniciar o solicitar el procedimiento de autorización? Uno o más farmacéutico; el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Balears, los órganos de gobierno del municipio o municipios interesados y la propia Conselleria de Salut, Família i Benestar Social.

Estudio y autorización. Los servicios técnicos y los de la Direcció General, estudian las solicitudes, emiten los correspondientes informes en base a los datos de población. El número máximo de oficinas de farmacia de una zona farmacéutica corresponde al módulo de 2.800 habitantes por oficina de farmacia. Una vez superada la proporción anterior, podrá establecerse una nueva oficina de farmacia por fracción superior a 2.000 habitantes. Aunque par aquellos núcleos de población cuyo número de habitantes sea igual o superior a 750 habitantes, se podrá autorizar una nueva oficina de farmacia si la distancia entre la nueva oficina y las más próximas ya existentes es igual o superior a 1.000 metros, medidos por el camino vial más corto, todo ello según especifica la normativa autonómica.

Concurso y adjudicación. En todo el Estado las oficinas de farmacia se adjudican a los licenciados en Farmacia, participantes, mediante concurso de méritos convocados al efecto. El farmacéutico autorizado, una vez autorizado el local en donde se instalará la nueva oficina de farmacia, solicitará la apertura de la misma. Una vez resuelta dicha apertura, la oficina se considera legalmente abierta.