Imágenes de las oficinas de la Funeraria de Palma. | Pere Bota

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El Consejo de Admisnistración de la Funeraria aprobó ayer readmitir al trabajador que había sido despedido por un supuesto cobro de comisiones, en cumplimiento de de lo dictado por el Juzgado de lo Social número dos de Palma que lo declaró improcedente. La otra opción que tenía el Cort era indemnizar al citado empleado con 85.552 euros. Además, la Funeraria tendrá que pagar al empleado los salarios de tramitación, desde que fue despedido hasta la fecha.

Pruebas

El despido se declaró improcedente porque el juez entiende que la Funeraria no ha podido demostrar el cobro de comisiones de forma reiterada. «Solo figura un solitario día no reiterado, como probado, en que en parte el actor parece incidir en la pregunta realizada a un compañero del actor. Además, tampoco consta «la obtención de beneficios o la actividad concurrente realizada por el actor». Por tanto, el juez determina que «no quedando probado que haya cobrado comisiones, y no obrando sanciones previas de quien tiene una dilatada vida laboral a favor de la empresa Funeraria, el despido debe entenderse como improcedente».