El secretario general del PP, Miquel Ramis, y el abogado Ignacio Gordillo, el día que presentaron el recurso. | S. Amengual

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El magistrado José Castro, que instruye el 'caso Palma Arena', rechaza la personación del Partido Popular en la causa, tal y como había solicitado la formación a través del abogado Ignacio Gordillo. El juez considera que el PP no ha sufrido ningún perjuicio por los delitos que se investigan, sino que existen indicios de lo contrario y que: «El partido tiene innegable derecho a defenderse pero ocupando el lugar que le corresponde que es el de posible responsable civil subsidiario».

En un cáustico auto notificado ayer por la tarde, el titular del Juzgado de Instrucción Número 3 de Palma confiesa que no tenía previsto analizar el papel del PP hasta finalizar la instrucción por si existía alguna responsabilidad civil: «Este instructor no sospechaba que llegara a tener sobre la mesa el imaginativo dilema de conferir o no la condición de perjudicado al Partido Popular de Baleares».

El magistrado recuerda que en el proceso penal las partes están fijadas por la ley y que, para ser acusación particular se tiene que estar perjudicado por los delitos que se investigan en la causa: «Salvo que nos situemos en la virtual hipótesis de que (el PP) resarza el sobrecoste de la construcción del velódromo a los ciudadanos de esta comunidad, que son los únicos perjudicados, no se adivina qué perjuicio económico ha podido sufrir dicha formación política». Es más, el juez Castro recuerda que en la instrucción existen «indicios de abrumadora racionalidad» de que el Partido Popular se vio beneficiado económicamente con pagos opacos en la campaña electoral de 2007 y con el uso gratis del Palma Arena en un mitin de Mariano Rajoy. «Que el conocimiento de estos datos enturbie la imagen del partido no le convierte a éste en perjudicado ni en víctima de nadie».

El magistrado recuerda que los gestores del PP durante el periodo en el que se sospecha que la formación se financió de forma ilegal ya están imputados y que, por lo tanto están personados en la causa.

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El auto judicial cita otro reciente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el que se rechazaba la personación del PP en el 'caso Gürtel'.

Gürtel

En esa ocasión, el Partido Popular sí fue admitido en un primer momento como acusación particular. Sin embargo, una decisión judicial posterior suprimió la personación: «Sólo quien es titular del bien jurídico que la ley tutela y que el delincuente ha lesionado puede ser considerado ofendido o perjudicado por el delito. «Es a éstos a quienes la norma permite que actúen en paridad de posición con el acusador público, reservándole, para separar con nitidez ambas figuras, la denominación de acusador particular». El auto del TSJ de Madrid dejaba abierta la puerta al Partido Popular a personarse como acción popular. En este caso sí podría chocar con la posible responsabilidad civil que pudiera tener el PP en el Palma Arena.

El Partido Popular de Balears ya intentó personarse en el 'caso Eivissa Centre'. En aquella ocasión la personación fue rechazada también por la Audiencia Provincial al considerar que podría existir una responsabilidad civil.
La resolución de Castro no es aún firme y contra ella cabe recurso de reforma que el abogado Ignacio Gordillo anunció ayer que plantearía.