El Ajuntament quiere evitar las molestias del "botellón" en determindas zonas. | Teresa Ayuga

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El Ajuntament de Palma presentó ayer el borrador de la futura ordenanza de regulación del «botellón» cuyas principales novedades son la creación de «zonas de especial protección» donde se impedirá la concentración de gente por la noche y que se exigirá a los infractores indemnización por daños causados.

El departamento de Educación, Igualdad y Derechos Cívicos del Ayuntamiento presentó a los grupos políticos municipales el borrador, con la intención de recoger sus propuestas y poder aprobar la norma mediante consenso, según ha informado el consistorio en un comunicado.

La ordenanza de regulación del «botellón» -que tiene el objetivo de establecer pautas de comportamiento para garantizar la convivencia ciudadana, proteger la salud pública y racionalizar el uso de los espacios públicos- crea «zonas de especial protección» en lugares donde las concentraciones reiteradas de personas hayan producido «una muy grave perturbación de la convivencia ciudadana».

Multas de hasta 3.000 euros

Estas zonas públicas serán señalizadas y se impedirá la concentración de personas en ellas en horario de descanso nocturno, de 22.00 a 8.00 horas. El Ayuntamiento realizará un seguimiento de dichas zonas cada seis meses, para estudiar si se mantiene o no la prohibición de reunirse en ellas.

Otra novedad importante es el régimen sancionador ya que se podrá exigir a los infractores la reposición de los bienes que hayan dañado e incluso una indemnización por daños y perjuicios.

Las sanciones pueden alcanzar un máximo de 3.000 euros las más graves, pero existen bonificaciones y además el Ayuntamiento podrá sustituir la multa por medidas correctoras como asistencia a sesiones informativas, participación en actividades cívicas o trabajos para la comunidad.

La ordenanza regula el consumo de bebidas alcohólicas y limita su consumo cuando pueda causar molestias a las personas que utilizan el espacio público y a la vecindad, si se generen situaciones de insalubridad o se exterioriza dicho consumo, denigrando a otros usuarios del espacio público.

Se prohíbe el consumo de alcohol en lugares donde suelan acudir menores o adolescentes y beber en la calle en envases de cristal, aunque no seas bebidas alcohólicas.

Prohibida también la venta

También queda prohibido a los establecimientos comerciales, máquinas expendedoras, venta ambulante o cualquier otro forma de expedición, la venta de bebidas alcohólicas entre las 22.00 y las 8.00 horas.

La organización de cualquier acto público de naturaleza cultural, lúdica, festiva, deportiva o de cualquier otra naturaleza deberá velar porque no se produzcan molestias vinculadas al consumo de alcohol.

La ordenanza prohíbe específicamente tirar al suelo o depositar en la vía pública recipientes de bebidas como latas, botellas y vasos, y permite a la Policía Local intervenir cautelarmente las bebidas, envases o los elementos objeto de la prohibiciones y se procederá a su destrucción.

Además, los establecimientos de venta de bebidas no podrán comportar molestias acústicas a vecinos o viandantes.

Se considerará que se perturba la convivencia ciudadana cuando haya molestias para los vecinos, se usen envases de cristal, se deteriore el entorno, el número de personas concentradas sea elevado o cuando se trate de una zona declarada de especial relevancia turística o patrimonial.

La Policía Local de Palma podrá identificar en las personas y hacer las comprobaciones necesarias, respetando el derecho al honor, y a la intimidad, especialmente en menores, para vigilar, prevenir y averiguar actuaciones inadecuadas. También podrán notificar lo ocurrido a los padres, madres o tutores para que se hagan cargo.