Carles Puigdemont. | Hannibal Hanschke

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El expresidente de la Generalitat de Cataluña huido a Bélgica, Carles Puigdemont, ha sido elegido número uno de la lista del JxCAT para las elecciones al Parlamento Europeo del 26 de mayo, pero ¿puede convertirse en eurodiputado según la ley?:

¿Qué dice el Parlamento Europeo?

La Eurocámara no se inmiscuye en la forma en que cada Estado miembro resuelve la aplicación de su propia ley electoral.

Hasta tal punto son independientes las convocatorias y leyes que las regulan que en algunos países se celebrarán las europeas el 26 de mayo, como en España, y en otros los días previos (Holanda por ejemplo votará el 23 de mayo).

Desde el Parlamento Europeo remiten cualquier cuestión sobre condiciones para ser elegido efectivamente como eurodiputado y su toma de posesión al órgano competente en España, la Junta Electoral Central.

¿Qué dice la Junta Electoral Central?

Según el artículo 224.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en el Título VI sobre disposiciones especiales para las elecciones al Parlamento Europeo, una vez hecho el recuento de votos, atribuidos los escaños y proclamados los electos, los candidatos escogidos deben acatar la Constitución Española ante la Junta Electoral Central para poder obtener el acta que los acredita como eurodiputados.

¿Hace falta estar en persona en la sede en Madrid para acatar la Constitución?

Fuentes consultadas de la Junta Electoral Central han apuntado que no es necesario recoger el acta en persona, pero que el trámite de acatamiento de la Constitución Española -previo y necesario para obtenerla- sí es indelegable y debe hacerse presencialmente en Madrid.

Una vez allí es posible variar la fórmula de «prometer» o «jurar» por «acatar por imperativo legal» la Carta Magna, una fórmula que en 2009 ya escogió el entonces eurodiputado Oriol Junqueras y por la que también optaron, entre otros, en 2014, los eurodiputados de Podemos.

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Y si Puigdemont no se presenta en Madrid, ¿qué pasa?

El mismo artículo 224.2 de la LOREG establece que la Junta Electoral Central declarará vacantes los escaños correspondientes a los eurodiputados que no acaten la Constitución Española. El artículo indica textualmente:

«Transcurrido dicho plazo (cinco días desde la proclamación de resultados), la Junta Electoral Central declarará vacantes los escaños correspondientes a los Diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento».

Según fuentes de la Junta Electoral Central, el escaño quedará vacante indefinidamente -no hay límite temporal establecido- mientras el candidato electo no se persone y acate la Constitución, o hasta que renuncie a su escaño y pueda recoger el acta el siguiente candidato de la lista electoral.

Si es un ciudadano europeo, ¿no es eso suficiente para ser elegido eurodiputado?

La ciudadanía europea es una ciudadanía derivada del hecho de ser primero ciudadano de un Estado miembro. Los nacionales de un país de la Unión tienen los derechos y deberes previstos en la normativa europea mientras su país es miembro del club comunitario, pero no son inherentes a su persona individual.

Por ello, por ejemplo, los ciudadanos británicos dejarán de ser ciudadanos europeos con el «brexit», porque Reino Unido abandonará la UE.

Además, Europa no legisla sobre asuntos de exclusiva competencia de los Estados miembros, como las leyes electorales.

¿Alguna opción con más visos de legalidad para conseguir el escaño europeo?

Puigdemont podría tener menos dificultades para tomar el acta de eurodiputado si concurriera por una lista política belga.

Si bien, la actividad parlamentaria europea transcurre entre Bélgica y Francia (en Estrasburgo se celebran las sesiones plenarias) y se desconoce el futuro de una probable reactivación de una euroorden en suelo francés, que quedaría en manos de la Justicia gala.