Sin desmerecer en ningún momento el trabajo de las asesorías laborales, fiscales y contables, ni cuestionando su profesionalidad, llama la atención el mensaje que transmiten a las personas emprendedoras de que las empresas de economía social, especialmente las cooperativas, son una figura jurídica que genera problemas en los trámites de constitución y en su funcionamiento, cuando en realidad el problema es el desconocimiento de las ventajas y los valores de estas empresas.
Es frecuente que a las uniones de cooperativas lleguen personas, que han pasado por varias asesorías con proyectos de empresa cooperativa, desanimadas por las dificultades de encontrar el apoyo profesional para crear una empresa sostenible y que se centra en las personas. Hay muchos mitos y tópicos en torno a las cooperativas: que tienen una fiscalidad difícil, una contabilidad complicada, que son como una ONG, que es raro ser socio y trabajador a la vez, que hay que trabajar mucho más que en otro tipo de empresa, que solo funcionan las agrarias, que no pueden generar beneficios…
Todo ello supone un desconocimiento del marco jurídico que regula a las cooperativas y en concreto a las de trabajo asociado, y provoca que a la hora de iniciar una actividad se descarte la cooperativa de trabajo y se acaba constituyendo una sociedad limitada. Las asesorías se dedican a orientar proyectos empresariales, a gestionar la organización y el funcionamiento de la empresa, así como velar por el cumplimento de sus obligaciones tributarias. Queda claro que sería su obligación conocer todas las fórmulas jurídicas para una empresa y no descartar ninguna, máxime cuando el grupo promotor solicita información sobre las cooperativas.
En este sentido, cabe decir que las entidades de economía social de nuestra comunidad ofrecen formación específica a los profesionales del sector sobre el proceso de constitución de las cooperativas, su organización y funcionamiento, y sus peculiaridades jurídicas, contables y fiscales. Las principales ventajas de constituir una cooperativa son: facilidad en los trámites de constitución y constitución exprés en las microcooperativas; responsabilidad limitada de las personas socias que se limita al capital suscrito; principio democrático en la toma de decisiones, aportación a capital y distribución de beneficios, según la participación en el trabajo que se regula en los estatutos sociales y en el Reglamento de Régimen Interno; empresas fiscalmente protegidas y posibilidad de elegir el régimen general de la seguridad social o el RETA . Y la principal ventaja es la coherencia entre nuestro proyecto de vida y nuestro proyecto profesional en el que coinciden valores y principios humanistas.
Sería bueno que las entidades de economía social y las asesorías caminaran juntas en el proceso de crear cooperativas, porque una sociedad con más empresas de economía social sería una sociedad más justa, más sostenible… mucho mejor.