Archivo - Un tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia | Eduardo Briones - Europa Press - Archivo

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La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha resuelto este lunes mediante un acuerdo de conformidad entre las partes, el juicio promovido contra un empresario acusado de ser cooperador necesario de un presunto delito de prevaricación en concurso con un delito de malversación, derivado de una ayuda de 120.000 euros concedida «injustamente» a una empresa que administraba, con cargo a la partida presupuestaria 31L de la Junta de Andalucía, usada para la financiación de expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos y subvenciones arbitrarias.

Mediante dicho acuerdo de conformidad entre la Fiscalía y la defensa del acusado, J.B.C., administrador único de la empresa Picos Yeye y Cohollero, radicada en Puerto Real (Cádiz) y dedicada a la fabricación, comercialización y venta de productos de panadería, bollería y pastelería, ha reconocido los hechos con la consideración de que no tuvo lucro personal de los mismos.

Mediante este acuerdo, si bien la Fiscalía reclamaba inicialmente para el empresario J.B.C. dos años y nueve meses de cárcel y siete años de inhabilitación especial para cargo o empleo público, su condena ha sido reducida a un año y seis meses de cárcel, con la imposición además de restituir la cuantía de 120.000 euros a las arcas públicas, extremo que ya solicitaba inicialmente el Ministerio Público.

Según el escrito de acusación de la Fiscalía Anticorrupción, recogido por Europa Press, J.B.C., administrador de la empresa Picos Yeye y Cohollero; solicitó en julio de 2018 un ERE respecto a nueve empleados de la entidad «con la finalidad de suprimir uno de los tres turnos de fabricación por falta de pago de las facturas de su principal cliente, paralización inmediata de los pedidos pendientes de fabricar y la necesidad reducir la producción».

Aunque la Junta de Andalucía «disponía de subvenciones y ayudas públicas amparadas en la Ley autonómica 5/83», según el Ministerio Público, el empresario, «sabedor que podía obtener fondos públicos de la Junta de Andalucía al margen de los procedimientos legalmente establecidos, consiguió que el director general de Trabajo y Seguridad Social» Juan Márquez «beneficiara injustamente» a su empresa con una ayuda de 120.000 euros.

La Fiscalía Anticorrupción, en ese sentido, expone que Juan Márquez, «contraviniendo de forma clamorosa los intereses generales, sin que llegara a acreditarse en ningún caso el fin público de su aplicación, al margen de cualquier procedimiento legalmente establecido, con el conocimiento y beneplácito de sus superiores» Agustín Barberá como viceconsejero de Empleo y Antonio Fernández como consejero, «contravino las más elementales normas de procedimiento en la gestión de los fondos públicos» asignados a esta empresa.

"sin expediente alguno"

«Sin tramitar expediente alguno, ni siquiera existir solicitud de la ayuda por parte de la mercantil beneficiaria, el 30 de diciembre de 2008, Juan Márquez, a sabiendas de que el dinero público procedente del programa presupuestaria 31L no iba ser controlado por órgano fiscalizador alguno, sin competencia delegada para la concesión y ordenación de su pago, sin existir resolución de concesión de la ayuda, suscribió con el director general de la Agencia IDEA Jacinto Cañete un convenio de colaboración por el que se formalizaba el otorgamiento de ayudas a los trabajadores de la empresa Picos Yeye Cohollero», indica la Fiscalía, precisando que con este convenio se encomendaba a la agencia IDEA «la materialización del abono de la ayuda específica a Picos Yeyé y Cohollero» por 120.000 euros, con cargo a la partida 31L de los presupuestos andaluces.

Estos ex responsables socialistas de la Junta de Andalucía, recordémoslo, están condenados a penas de cárcel y/o inhabilitación en la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla sobre el procedimiento específico de financiación de los ERE fraudulentos e incluso innecesarios en algunas ocasiones y las subvenciones arbitrarias y sin publicidad a empresas, es decir la pieza «política» o troncal de esta macro causa.

Además, Antonio Fernández y Juan Márquez están condenados a penas de cárcel por las subvenciones autonómicas concedidas a la empresa de Dos Hermanas Aceitunas y Conservas (Acyco), otra pieza separada de la macro causa de los ERE, resuelta mediante una sentencia emitida precisamente por la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla. Fernández, por cierto, ha acudido a esta vista en calidad de testigo, si bien no ha sido necesaria su comparecencia dada la conformidad alcanzada entre las partes.

Tampoco había "plan de viabilidad"

Este convenio, según detalla la Fiscalía Anticorrupción, aludía al «objeto no definido de 'apoyo a esta fase de su proyecto de viabilidad', sin que conste la existencia de tal proyecto o plan de viabilidad, sino únicamente una memoria sin fecha, ni firma, ni entidad que lo elaboraba en la que se reflejaba una situación de quiebra técnica contable».

«Recibidos los fondos públicos por la mercantil, no se comprobó por la Consejería de Empleo, ni por la Dirección General de Trabajo el destino que por el administrador de la empresa se les dio», indica la Fiscalía, considerando que «esta ayuda se concedió prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legalmente establecido para la concesión de subvenciones, con una clara subversión de los principios y normas que disciplinan el régimen jurídico de las subvenciones y ayudas públicas».

El empresario "era conocedor" de los hechos

El empresario, según la Fiscalía, «era conocedor» de que «en la decisión y disposición de los fondos de la Junta de Andalucía de la que iba ser beneficiaria Picos Yeye se había prescindido injustamente del procedimiento legalmente establecido, pues no se tramitó ningún procedimiento para conceder la ayuda, ya que no existió solicitud previa por su parte, ni se le exigió el cumplimiento de ningún requisito y por consiguiente no figuraba ninguna declaración ni acreditación expresa de la concesión o solicitud de otras subvenciones o ayudas para el mismo fin».

Es más, el escrito de acusación avisa de que al empresario tampoco le fue requerido que justificase el destino de los 120.000 euros recibidos en concepto de ayuda pública.